Nuevos derechos frente a la neurotecnología: la experiencia Chilena
DOI:
https://doi.org/10.5944/rdp.112.2021.32235Palabras clave:
Neuroderechos, proceso constituyente, Chile, neurotecnologías, derecho constitucionalResumen
Chile, en el marco de un nuevo proceso constituyente, aborda en primicia la reforma del artículo 19 nº 1 de su Constitución para hacer frente a los usos indebidos de las neurotecnologías, una enmienda que se desarrolla a través de un proyecto de Ley en el que se reconocen los conocidos como «neuroderechos », en terminología acuñada en la Neuroright Initiative de la Universidad de Columbia, New York, y que dirige el neurobiólogo español Rafael Yuste. En este artículo se analiza el proceso legislativo y sus enmiendas, con la finalidad de profundizar en el debate acerca de la regulación de las neurotecnologías reivindicando la presencia necesaria del derecho constitucional.
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