La armonización de las prácticas jurisprudenciales del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Cómite Europeo de Derechos Sociales: una evolución discreta
DOI:
https://doi.org/10.5944/rdp.73.2008.9065Palabras clave:
Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Justiciabilidad, Reclamaciones colectivas, Fertilización cruzada de jurisprudencias, Interdependencia de los derechos humanos, Obligaciones tripartitas, Simetría, Convergencia de prácticas jurisprudenciales, Armonización, Comité Europeo de Derechos Sociales,Resumen
En las últimas décadas está teniendo lugar un discreto, aunque continuo, proceso de convergencias y fertilización cruzada o entrecruzamiento entre, de un lado, los derechos fundamentales conocidos como civiles y políticos y, de otro lado, los esenciales si bien frecuentemente subestimados derechos humanos conocidos como derechos económicos, sociales y culturales. Desde un punto de vista teórico, los autores admiten ampliamente en la actualidad que ambos «grupos» de derechos humanos son indivisibles, interdependientes e interrelacionados, en el sentido de que ninguna categoría puede en puridad cumplir con sus tareas protectoras si la otra está siendo sistemáticamente violada y/o sacrificada en el altar de un utópico bien común. Además, cada derecho humano genera per se múltiples «oleadas de deberes» que deben ser abordadas por los Estados y por sus agentes. Desde una perspectiva académica, esas oleadas se reconducen tradicionalmente a tres tipos de obligaciones: respetar, proteger y cumplir cada derecho humano. La práctica y la jurisprudencia que se viene desarrollando por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y por el Comité Europeo de Derechos Sociales ponen de manifiesto lo que en verdad se esconde detrás de esos conceptos teóricos, ya sea con relación a los tipos de deberes que pesan sobre los Estados y cuya protección viene encomendada a cada órgano internacional, ya sea con respecto a los fuertes vínculos que existen y seguirán existiendo entre cada «grupo» de derechos humanos. Por añadidura, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Comité Europeo de Derechos Sociales se están remitiendo crecientemente cada uno a la jurisprudencia del otro, especialmente desde el momento en que al Comité Europeo se le atribuyó la competencia de examinar reclamaciones colectivas y, con ella, la de ejercer poderes cuasijudiciales. Aunque limitada por diversos factores, la armonización de métodos, vocabulario, enfoques e interpretaciones se va abriendo camino y, con el tiempo, avanzando hacia la práctica realización de una plena igualdad de trato entre los derechos humanos civiles y sociales.Descargas
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Publicado
2008-01-01
Cómo citar
Chatton, G. T. (2008). La armonización de las prácticas jurisprudenciales del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Cómite Europeo de Derechos Sociales: una evolución discreta. Revista de Derecho Político, (73). https://doi.org/10.5944/rdp.73.2008.9065
Número
Sección
DERECHO PÚBLICO EUROPEO/EUROPEAN PUBLIC LAW
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