Matrimonio y familia en el ordenamiento jurídico europeo.

Autores/as

  • Jörg Geerlings

DOI:

https://doi.org/10.5944/rdp.68.2007.9017

Palabras clave:

Derecho europeo, Protección del matrimonio y la familia, Familia,

Resumen

El matrimonio y la familia se encuentran bajo la particular protección del sistema estatal del artículo 6.1 de la Constitución alemana. El artículo analiza hasta qué punto esto es cierto tanto en el ordenamiento jurídico alemán como en el europeo. El punto de partida es el hecho de que, a pesar de que el matrimonio y la familia sean objetos independientes de protección jurídica, ambos están inseparablemente unidos. Son de modo natural dos presupuestos esenciales para la pervivencia de la humanidad y de sus naciones. Además, se ha de tener en cuenta que en toda Europa, sobre todo en países como Alemania, Italia y España, se registran en la actualidad dramáticos cambios demográficos, se reduce el número de nacimientos y se eleva la media de edad. El matrimonio, la familia y el derecho a la educación son objeto de preocupación internacional así como de las Declaraciones de protección de Derechos Humanos. Asimismo, el tradicional instituto jurídico de la pareja monógama como la unión en absoluta igualdad de condiciones del hombre y la mujer pertenece a los valores culturales centrales europeos, y así se recoge en sus constituciones, en los arts. 8 y 12 del CEDH y en la propia Carta de Derechos Fundamentales de la UE. Aunque no tenga todavía fuerza legal, se tiene en cuenta por parte de la interpretación jurisprudencial. El artículo 9 de dicha Carta, sin embargo, no se refiere para nada a una unión de hombre y mujer, a diferencia del artículo 12 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que encuentra ahí su fundamentación, y deja al arbitrio de cada Estado la definición del matrimonio. La jurisprudencia de los Tribunales de Luxemburgo y de Estrasburgo ha confirmado un cambio en cinco ámbitos temáticos: el status jurídico- personal de los transexuales, el concepto de familia del TEDH; el significado de matrimonio y familia como obstáculo para las limitaciones de los derechos de los extranjeros, en este caso, entre otras cuestiones, pueden citarse el derecho a la entrada y a la permanencia en el país, y especialmente lo que se refiere a la poligamia; el interés del niño en lo que se refiere al derecho de custodia así como, finalmente, el llamado «nacimiento anónimo». Las garantías de protección que figuran en el Derecho de los tratados internacionales —que por su parte son difícilmente ejecutables de modo directo— son en muchos casos más precisas y expresivas que las establecidas en la Carta Europea de derechos y el CEDH —en todo caso, al menos, en el sentido en que éstas son interpretadas por la más reciente jurisprudencia del TEDH y el TJCE—. En consecuencia, es necesario emprender todavía en Europa un camino para la protección coherente del matrimonio y la familia.

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Publicado

2007-01-01

Cómo citar

Geerlings, J. (2007). Matrimonio y familia en el ordenamiento jurídico europeo. Revista de Derecho Político, (68). https://doi.org/10.5944/rdp.68.2007.9017

Número

Sección

DERECHO PÚBLICO EUROPEO/EUROPEAN PUBLIC LAW