¿Leyes interpretativas inconstitucionales?
DOI:
https://doi.org/10.5944/rdp.80.2011.9140Palabras clave:
legislativo, parlamento, ley interpretativa, tribunal constitucional, intérprete supremo, legislative power, parliament, interpretative act, constitutional court, supreme interpreter,Resumen
Se estudia la jurisprudencia del Tribunal Constitucional según la cual las leyes no pueden ser meramente interpretativas de principios o categorías constitucionales. A juicio del autor esta interpretación legislativa, aislada o acompañando a una regulación, es siempre posible si se cumplen dos condiciones elementales: primera respetar el recto sentido de lo dispuesto en la Constitución y segunda que la ley se mantenga como reformable por otra posterior del mismo rango y ámbito. De otra parte, la interpretación del Tribunal Constitucional es suprema, pero no la única. Y el legislador está capacitado para asumirla o integrarla en leyes posteriores. Claro está que sobre la corrección de esta tarea podrá decidir el mismo tribunal si la ley es sometida a su consideración a través de los procedimientos oportunos.
The aim of this study is to comment two main rulings of the Constitutional Court forbidding that parliamentary acts contain a pure interpretation of the constitutional categories or principles. According to the author’s view, this legislative interpretation, in pure terms or as a part of a regulation, is always possible provided two basic conditions are met: first, to respect the full meaning of the constitutional provisions and second that the act admits its amendment through a future act with the same rank and scope. On the other hand, the interpretation by the Constitutional Court is supreme but not unique. And the legislative power is able enough to assume it in future acts. Of course, the Constitutional Court maintains its competence to judge on the correctness of these acts if they are submitted to its judgment through the respective procedures.
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Derechos de autor 2014 Fernando Santaolalla López

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