Sistema electoral en la Constitución de Cádiz de 1812
DOI:
https://doi.org/10.5944/rdp.83.2012.9179Palabras clave:
Constitución de Cádiz de 1812, sistema electoral, Constitution of Cadiz of 1812, electoral system,Resumen
En este trabajo se analizan las normas electorales incluidas en la Constitución de Cádiz de 1812. Se estudia el antecedente inmediato de dicha regulación, la Instrucción de 1 de enero de 1810, además de otros elementos. Después estudiamos las previsiones constitucionales en materia electoral, mucho más detalladas de las habituales en una Constitución. Las elecciones se llevaban a cabo en diversos niveles: Juntas de parroquia, Juntas de partido y Juntas de provincia, en cada uno de los cuales se seguía un procedimiento y ceremonial específico. El hecho de que la elección se lleve a cabo en diferentes grados matiza bastante el concepto de sufragio universal que se proclama en la Constitución gaditana.
This paper studies electoral norms included in the Constitution of Cadiz of 1812. We study the immediate antecedent of this regulation, the instruction of January 1, 1810, and other elements. Then we study the constitutional forecasts in the electoral field, much more detailed as traditional in a Constitution. The elections took place on several levels: Electoral boards of «parroquia», Electoral boards of «partido » and Electoral boards of province. In each of which developed a specific procedure and ceremonial. The elections at different levels rather clarifies the concept of universal suffrage proclaimed in the Constitution of Cadiz.
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