Seguridad Social y principio de solidaridad
DOI:
https://doi.org/10.5944/rdp.108.2020.27997Palabras clave:
Seguridad Social, solidaridad, jurisprudencia constitucionalResumen
En este artículo, después de describir la noción de solidaridad, su origen histórico y rasgos que la caracterizan, se analiza cómo dicho principio ha venido a constituir uno de los fundamentos básicos de los sistemas de Seguridad Social, en su modalidad contributiva y no contributiva. Se examina su incorporación al ordenamiento jurídico español de Seguridad Social: en la Constitución y en la legislación ordinaria. Del análisis realizado se desprende que la solidaridad ha sido un principio que el Tribunal Constitucional y la legislación han consolidado progresivamente como pieza angular de la Seguridad Social, de manera que esta ya no puede entenderse sin referencia directa a la solidaridad interpersonal, interterritorial e intergeneracional Se concluye el artículo con tres reflexiones que afectan al principio de solidaridad: necesidad de reforzarlo en las prestaciones contributivas y no contributivas, mantenimiento del sistema de reparto y mantenimiento del régimen económico de la Seguridad Social como competencia exclusiva del Estado.
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