Repensando la Constitución: una mirada al deber de trabajar y al derecho al trabajo
DOI:
https://doi.org/10.5944/rdp.104.2019.24309Palabras clave:
Constitución Española, gender mainstreaming, derecho del trabajo, brecha salarial, conciliación de la vida familiar, laboral y personal.Resumen
Han pasado cuarenta años desde que se aprobara la Constitución española y veintitrés desde que España ratificara la Declaración y la Plataforma de Acción de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer de Beijing (1995). Esta última supuso el compromiso de incorporación del principio del gender mainstreaming en la totalidad de los procesos normativos —elaboración, interpretación y aplicación de la normas— y en la totalidad de las políticas públicas. Y esta misma fecha debiera indicar, en consecuencia, un antes y un después en el hacer jurídico y político.
Este compromiso vinculante compele a revisar la Constitución e incorporar la perspectiva de género de manera principal y transversal, desde el Preámbulo (donde se blindaría) hasta su parte dispositiva. Este trabajo se centra especialmente en el artículo 35 y en su proclama referida al deber y al derecho al trabajo, habida cuenta de que la brecha salarial, la necesidad de reequilibrar la vida laboral, familiar y personal y la necesidad de combatir todas las formas de violencia contra las mujeres, se erigen entre los grandes desafíos ciudadanos del siglo XXI.
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