Peligrosidad criminal e individualización judicial de la pena
Palabras clave:
determinación de la pena, peligrosidad criminal, culpabilidad por el acto aislado, derecho penal de la peligrosidad,Resumen
Todo sistema penal otorga al juzgador cierto arbitrio para imponer la pena al reo declarado culpable. En ocasiones ese reo revela en el hecho enjuiciado que va a seguir delinquiendo en el futuro. La respuesta del ordenamiento jurídico en estos casos suele ser la imposición de una medida de seguridad tras el cumplimiento de la pena. También se puede hacer frente a la peligrosidad del sujeto incrementando la sanción conformando delitos específicos para ello, o recurriendo a subtipos agravados o agravantes genéricas. Pero, ¿es posible que el mismo juzgador tenga la facultad de incrementar la condena en su individualización porque el sujeto es peligroso? Los tribunales, en contadas ocasiones, actúan afirmativamente. La doctrina mayoritaria se muestra contraria a esta forma de proceder. La respuesta (y justificación) se encuentra en los fines de la actividad judicial en la determinación de la pena, en los límites impuestos por el principio de prohibición de la doble valoración y en la propia reforma legal arrastrada por las nuevas corrientes del Derecho Penal de la peligrosidad.Descargas
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Publicado
2019-10-21
Cómo citar
Borja Jiménez, E. (2019). Peligrosidad criminal e individualización judicial de la pena. Revista de Derecho Penal y Criminología, (16), 45–86. Recuperado a partir de https://revistas.uned.es/index.php/RDPC/article/view/24481
Número
Sección
Derecho Penal