La protección penal de las mujeres privadas de libertad en los conflictos armados

Autores/as

  • Patricia Rodríguez Díaz

Palabras clave:

derecho internacional humanitario, Convenios de Ginebra y Protocolos adicionales, Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, derecho penal internacional, conflictos armados, mujeres privadas de libertad, principios generales de derecho penal, crímenes de guerra, garantías procesales, derecho penal interno, derechos humanos, international humanitarian law, Geneve Conventions and Protocol additionals, Rome Statute of the International Criminal Court, international criminal law, armed conflicts, women deprived of their liberty, general principles of international criminal law, war crimes, procedural criminal guarantees, internal criminal law, human rights,

Resumen

Después de la II Guerra Mundial empezó a plantearse la necesidad de regular penalmente los conflictos armados, para intentar no dejar impune a los responsables de las barbaries cometidas durante los períodos de guerras. De esta manera, los Convenios de Ginebra, sus Protocolos adicionales, y la jurisprudencia de los Tribunales Internacionales, revelaron la necesidad de crear una Corte Penal Internacional, que fue instituida por el Estatuto de Roma en 1998, formando todo ese entramado de normas el llamado Derecho Penal Internacional. Las víctimas de los conflictos armados, y en concreto, las mujeres privadas de libertad, cuentan por tanto con todo un conjunto de normas, que vienen a reconocer unos derechos y garantías procesales mínimas que deben ser respetadas, con el fin de otorgarles una completa protección penal. Así, en este artículo, brevemente explicamos la protección penal con la que cuentan las víctimas de un conflicto armado ante un proceso penal, haciendo un recorrido por todos los instrumentos penales legales de Derecho Internacional Humanitario como Derechos Humanos y jurisprudencia internacional.

After the II World War II it was clearly revealed the necessity to create a criminal regulation of armed conflicts, trying not to leave unpunished those responsible for the atrocities committed during war periods. Thus, the Geneva Conventions, the two Additional Protocols, and the jurisprudence of the International Courts, shown the necessity of an International Criminal Court, which was established by the Rome Statute in 1998, creating the called International Criminal Law. Victims of armed conflicts, in particular, women deprived of their liberty, have a compendium of rights and penal prosecutions and guarantees, which need to be respected in order to grant their full criminal protection. So, in this article, we briefly explain the criminal protection that victims of armed conflicts have during a criminal prosecution, going through all legal instruments, taking into account the International Humanitarian Law and Human Rights provisions and the International Criminal case-law.

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Publicado

2019-10-21

Cómo citar

Rodríguez Díaz, P. (2019). La protección penal de las mujeres privadas de libertad en los conflictos armados. Revista de Derecho Penal y Criminología, (14), 131–192. Recuperado a partir de https://revistas.uned.es/index.php/RDPC/article/view/24513

Número

Sección

Derecho Penal