EL FALSEAMIENTO DE LA INFORMACIÓN SOBRE SOSTENIBILIDAD: RELEVANCIA PENAL Y RESPONSABILIDAD DE LOS VERIFICADORES
DOI:
https://doi.org/10.5944/rdpc.ENERO.2025.44913Palabras clave:
transparencia, sostenibilidad, falseamiento de estados de información no financiera, responsabilidad penal del auditor o verificador, derecho penalResumen
Ya no basta con que las empresas comuniquen información económica o financiera cada cierto tiempo: en los últimos años se ha generalizado un régimen de transparencia que, aún de manera incipiente, requiere que las sociedades hagan pública información relacionada con su forma de actuar en áreas que no tienen un contenido económico evidente. Lo que quiere promoverse es, en definitiva, un comportamiento societario más ético o sostenible. Este artículo analiza la relevancia penal del falseamiento de la información de sostenibilidad empresarial, explorando su posible encaje en el artículo 290 del Código Penal español. Asimismo, se estudia la responsabilidad penal de los verificadores de esta información, unos actores que desempeñan un rol cada vez más parecido al de los auditores en el control de la veracidad de los datos empresariales. Finalmente, se plantean posibles reformas legislativas para fortalecer la protección penal de la transparencia empresarial en materia de sostenibilidad, considerando alternativas como la eliminación del requisito de perjuicio patrimonial en el artículo 290 CP o la tipificación autónoma del falseamiento de informes de verificación.
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