Revista de Derecho Penal y Criminología
https://revistas.uned.es/index.php/RDPC
<table width="90%"><tbody><tr><td align="center" valign="top"><div><br /><img title="Revista Derecho Penal y Criminología" src="/public/RDPC_portada.jpg" alt="Revista Derecho Penal y Criminología" /></div></td><td width="2%"> </td><td align="justify" valign="top"><br /><p><strong>La Revista de Derecho Penal y Criminología de la UNED, Tercera Época</strong>, pretende ser una revista científica de calidad, dirigida a la doctrina y a los profesionales del Derecho y de la Criminología.</p><p>La revista será semestral, publicándose dos números al año, uno en enero y otro en julio.</p><p>Nuestro deseo es publicar trabajos originales de penalistas y criminólogos españoles y extranjeros. Para garantizar la calidad de los trabajos publicados los mismos deberán pasar la evaluación previa de dos expertos en la materia objeto del artículo, ajenos a la entidad editora de la revista, elegidos en cada caso por su especialización y su independencia.</p><p>Además la revista incluye una sección de recensiones críticas e independientes de libros relevantes de Derecho penal y de Criminología, preferentemente en nuestro idioma, una sección de Comentarios de jurisprudencia y una sección de estadísticas comentadas, pues las mismas resultan de gran interés para la investigación criminológica.</p><table width="90%" border="0" cellspacing="1"><tbody><tr><td><p class="TEXTO"><strong>ISSN: </strong>1132-9955<br /><strong>e-ISSN: </strong>2255-3533</p></td></tr></tbody></table><p> </p><p> </p></td></tr></tbody></table>Universidad de Educación a Distancia (UNED)es-ESRevista de Derecho Penal y Criminología1132-9955<p>La Revista de Derecho Penal y Criminología de la UNED carece de ánimo de lucro o comercial y está financiada por el Departamento de Derecho penal y Criminología de la UNED.</p> <p>Todos los artículos se publican en abierto .</p> <p>Los autores ceden gratuitamente a la Revista los derechos inherentes a la propiedad intelectual imprescindibles para realizar su labor de edición, publicación y difusión.</p> <p>Los autores están autorizados a depositar en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto la versión publicada de sus artículos (separata en pdf) o el enlace a su artículo en la página de la revista .</p> <p>Las obras están bajo una <a href="http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/" rel="license">Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional</a>.</p> <p>Se pueden copiar, usar, difundir, transmitir y exponer públicamente, siempre que:</p> <ol> <li>Se cite la autoría y la fuente original de su publicación (revista, editorial y URL de la obra).</li> <li>No se usen para fines comerciales.</li> <li>Se mencione la existencia y especificaciones de esta licencia de uso.</li> </ol> <p> </p>EL DERECHO PENAL ANTE EL NEGACIONISMO. COMENTARIO A LA SAP DE BARCELONA DE 9 DE SEPTIEMBRE DE 2024 (CASO DE LA LIBRERÍA EUROPA III)
https://revistas.uned.es/index.php/RDPC/article/view/44193
<p>Este trabajo analiza la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 9 de septiembre de 2024, que condena por tercera vez al titular de la librería Europa de Barcelona por la venta de libros y otros materiales de ideología nazi. Se trata de la primera sentencia que aplica el precepto destinado específicamente a la sanción del fenómeno negacionista desde la reforma del Código Penal en esta materia por la LO 1/2015, el art. 510.1. c). El análisis se centra fundamentalmente en dos cuestiones clave. Primero, en la negativa de la Audiencia a plantear una cuestión de inconstitucionalidad sobre los tipos del art. 510.1, y, segundo, en los criterios adoptados como base de la condena.</p>Carmen Alastuey Dobón
Derechos de autor 2024 Revista de Derecho Penal y Criminología
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2024-12-202024-12-2032JULIOEL PROBLEMÁTICO TRATAMIENTO PENAL DE LA COMPRA DE VOTOS EN LA LEY ORGÁNICA DEL RÉGIMEN ELECTORAL GENERAL
https://revistas.uned.es/index.php/RDPC/article/view/39474
<p><span class="fontstyle0">«Si me votas, te daré trabajo». «Si me votas, te bajaré los impuestos». «Si me votas, construiré un puente que le vendrá muy bien a tu negocio». ¿Corrupción de electores o democracia? El legislador español ha confiado parte de la respuesta a tan trascendental cuestión al artículo 146 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Empero, el análisis de la norma revela su pésima factura, su obsolescencia fruto del olvido y una aplicación por los tribunales no solo escasa sino también poco atenta. </span><span class="fontstyle0">De hecho, el precepto no contempla sanción alguna para el elector que vende su voto, lo que sugiere una interpretación restrictiva que deja un peligroso espacio de impunidad para la libre compraventa de votos. La laguna parece poderse llenar por lo menos en parte mediante una lectura distinta de la relación entre compra de votos y cohecho que coloca al intérprete en el debate relativo al espacio que tiene en España la sanción de la concusión.</span></p>Giorgio Dario Maria Cerina
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2024-12-202024-12-2032JULIO10.5944/rdpc.JULIO.2024.39474ANÁLISIS DOGMÁTICO Y JURISPRUDENCIAL DEL DELITO DE TRÁFICO DE PERSONAS
https://revistas.uned.es/index.php/RDPC/article/view/41363
<p>El presente trabajo tiene por objeto analizar el delito de tráfico de personas desde las fuentes dogmáticas y jurisprudenciales disponibles. Para ello, en primer lugar, se aborda la normativa internacional y europea en la materia, de gran influencia para el legislador nacional. En segundo lugar, el trabajo se centra en la regulación interna. Se aborda la delimitación de dicho delito frente al delito de trata de seres humanos y de ayuda a la inmigración irregular, la discusión sobre el bien jurídico protegido, sobre los elementos del tipo objetivo y del tipo subjetivo, se exponen los subtipos agravados y el subtipo atenuado y, por último, se ofrece una reflexión sobre la posible aplicación de la excusa absolutoria de ayuda humanitaria.</p>Francisco Salvador de la Fuente Cardona
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2024-12-202024-12-2032JULIO10.5944/rdpc.JULIO.2024.41363EL ABUSO PATRIMONIAL SOBRE PARIENTES VULNERABLES EN LA EXCUSA ABSOLUTORIA DEL ART. 268 DEL CÓDIGO PENAL
https://revistas.uned.es/index.php/RDPC/article/view/41447
<p> <span class="fontstyle0">El legislador incorporó en 2015 una nueva excepción a la posibilidad de exonerar de responsabilidad penal a los parientes mencionados en el art. 268 del Código penal por los delitos patrimoniales cometidos entre sí. No solo los ataques al patrimonio violentos o intimidatorios quedan ahora excluidos del ámbito de aplicación de esta excusa absolutoria, también los cometidos abusando de la vulnerabilidad de la víctima por razón de edad o de discapacidad. En esta contribución se efectúa un análisis de las causas de vulnerabilidad que menciona la disposición (la edad y la discapacidad) y se evidencian los problemas ocasionados en la jurisprudencia para determinar el círculo de parientes vulnerables en el ámbito patrimonial. Asimismo, se denuncia tanto la insuficiencia de esta nueva excepción para proteger a otros parientes igualmente vulnerables como la contradicción político-criminal que plantea el mantenimiento del art. 268 del Código penal y, al mismo tiempo, la prevención de la denominada violencia económica en el marco familiar.</span> </p>Elena Gutiérrez Pérez
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2025-01-092025-01-0932JULIO10.5944/rdpc.JULIO.2024.41447RESOLUCIÓN DEBIDA, RESOLUCIÓN INJUSTA Y RESOLUCIÓN INEXISTENTE
https://revistas.uned.es/index.php/RDPC/article/view/40172
<p><span class="fontstyle0">Se analizan los tres tipos de prevaricación en lo que se refiere a las resoluciones que se dictan o que no se dictan, para compararlas con la resolución debida que da satisfacción al derecho a la tutela judicial efectiva. Esa resolución debida, en un caso, se sustituye por una resolución que puede calificarse de «injusta»; en otro caso, se elude provocando un retardo en el dictado de dicha resolución; y, en el tercer supuesto, se elude sin causa que lo pueda justificar. Se hace especial consideración a las resoluciones que deben considerarse atípicas. Se estudia si pueden identificarse objetos de protección penal más concretos dentro del bien jurídico común.</span> </p>Araceli Manjón-Cabeza Olmeda
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2024-12-202024-12-2032JULIO10.5944/rdpc.JULIO.2024.40172EL REGRESO DEL DERECHO CONSUETUDINARIO COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL INTERNACIONAL:
https://revistas.uned.es/index.php/RDPC/article/view/42265
<p><span data-olk-copy-source="MessageBody">Las Salas Especiales de Kosovo han recuperado el Derecho consuetudinario como fuente del Derecho penal, apartándose del principio de legalidad estricto que impera en la Corte Penal Internacional. Esto ha supuesto que dichas Salas se conviertan en nuevos legisladores del Derecho penal internacional, reconociendo un nuevo crimen internacional hasta ahora desconocido, el crimen de guerra de detención arbitraria en un conflicto armado de carácter no internacional. La configuración de este nuevo delito por parte de las Salas se fundamenta en las normas de derechos humanos, dificultando su comprensión como crimen de guerra.</span></p>Abraham Martínez Alcañiz
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2024-12-202024-12-2032JULIO10.5944/rdpc.JULIO.2024.42265FUNDAMENTO JURÍDICO-PENAL DE LA CLAUSULA DE AGRAVACIÓN «VÍCTIMAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD O DE ESPECIAL VULNERABILIDAD» DEL CÓDIGO PENAL: HACIA UN CONCEPTO DE «VULNERABILIDAD VICTIMAL»
https://revistas.uned.es/index.php/RDPC/article/view/44189
<p>Las clausulas de agravación previstas en el Código Penal, como consecuencia de la situación de vulnerabilidad o de especial vulnerabilidad de la víctima presentan no pocos problemas, tanto desde el punto de vista del fundamento jurídico-penal, como desde la delimitación de las mismas, a la vista de la adopción de una técnica legislativa que, en el presente ámbito, se caracteriza por su heterogeneidad y ausencia de uniformidad. El presente trabajo pretende abordar de una manera exhaustiva la cuestión de la conceptualización de las mencionadas clausulas, así como la concreción del fundamento jurídico-penal en un intento de dotar a las mismas de la coherencia y racionalidad necesarias en el marco de un Derecho Penal propio de un Estado Democrático y de Derecho.</p>Ana I. Pérez Machío
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2024-12-202024-12-2032JULIOLA IMPLEMENTACIÓN Y GESTIÓN DEL ASESORAMIENTO CRIMINOLÓGICO CONDUCTUAL EN LAS ORGANIZACIONES POLICIALES. UN ESTUDIO DE CARÁCTER CUALITATIVO
https://revistas.uned.es/index.php/RDPC/article/view/39937
<p> <span class="fontstyle0">Durante el proceso de la investigación policial, resulta esencial comprender el delito y la interacción del perpetrador con la víctima y la escena del crimen. En este contexto, el asesoramiento criminológico conductual está ganando cada vez más relevancia como una herramienta fundamental para las agencias de seguridad. Este estudio adopta un enfoque cualitativo con el objetivo de examinar diversas dimensiones de la perfilación criminal. En particular, se enfoca en la importancia de la perfilación criminal en las investigaciones delictivas y en la identificación de los planteamientos más adecuados para su implementación en las instituciones policiales. Para llevar a cabo este análisis, se ha realizado una encuesta a diez expertos, tanto nacionales como internacionales, especializados en la materia en cuestión, provenientes de ámbitos diversos, incluyendo el sector privado y organismos policiales. Los resultados revelan una amplia variedad de perspectivas con respecto a la colaboración y la distribución de responsabilidades entre analistas del comportamiento delictivo policiales y otros especialistas externos. No obstante, también evidencian elementos comunes en la aplicación profesional de la perfilación criminal.</span> </p>Koldo Fernández MartínezNahikari Sánchez Herrero
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2024-12-202024-12-2032JULIO10.5944/rdpc.JULIO.2024.39937MUJERES CIS Y TRANSEXUALES QUE PRACTICAN SEXO DE PAGO: INVOLUCRACIÓN Y CONSECUENCIAS
https://revistas.uned.es/index.php/RDPC/article/view/42696
<p>Este estudio, basado en la información obtenida mediante entrevistas a 76 mujeres que realizan o han realizado sexo de pago, ha abordado aspectos relacionados con las causas de su involucración, su identidad, la problemática del consumo de sustancias y las consecuencias para su salud física y mental, así como la victimización que han experimentado con ocasión del ejercicio de la actividad. Tras un análisis cuantitativo y cualitativo de la información recolectada, se ha constatado la diversidad de vivencias experimentadas por las mujeres entrevistadas y el alcance y la profundidad de las consecuencias adversas que esta práctica tiene para la mayoría de ellas, destacando la problemática de las mujeres transexuales, en buena parte diversa de la del resto de mujeres tanto en relación con las circunstancias de iniciación como en las consecuencias.</p>Josep Maria Tamarit SumallaAntonia Linde GarcíaPatricia Martín EscribanoAmérica Machado García
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2024-12-202024-12-2032JULIO10.5944/rdpc.JULIO.2024.42696BUENAS PRÁCTICAS EN LA GESTIÓN DE LA VICTIMIZACIÓN POR MATRIMONIO FORZADO EN ESPAÑA: EL CASO DE CATALUÑA
https://revistas.uned.es/index.php/RDPC/article/view/44190
<p>El matrimonio forzado constituye una manifestación de la violencia contra las mujeres que todavía ha sido poco abordada en España, a excepción de en Cataluña. Esta investigación cualitativa identifica cinco buenas prácticas relacionadas con la aproximación institucional, asistencial y policial a esta realidad en dicha Comunidad Autónoma que, con las convenientes mejoras, podrían ser implementadas en todo el territorio de Estado para favorecer el afloramiento y adecuado tratamiento de la victimización de mujeres por matrimonio forzado en España</p>Carolina Villacampa Estiarte
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2024-12-202024-12-2032JULIO