Entre la tradición y la racionalidad constitucional en Marruecos (Despliegue y articulación del poder)

Autores/as

  • Abdelhamid Adnane

DOI:

https://doi.org/10.5944/rdp.79.2010.9133

Palabras clave:

Bay’a, Constitución, orden fundamental, competencias, delegación democratizada, Constitution, fundamental order, competences, democratized delegation,

Resumen

El orden fundamental marroquí es una estructura cuyos pilares sustentadores (Bay’a y Constitución) sólo son separables por abstracción ya que entre sí están indisolublemente unidos y en relación recíproca. Su carácter híbrido no sólo afecta al núcleo constitucional en sus dimensiones, tanto ontológica como adaptativa, e informa a los demás artículos constitucionales, sino que reajusta el ejercicio del poder, teocrático en su origen, al nuevo marco y garantiza su distribución con arreglo a un postulado de corte democrático-constitucional. El texto constitucional marroquí no ha de concebirse como una estructura jurídica del poder sino como estructura jurídico del ejercicio del poder en tanto éste se genera fuera de la Constitución. Resultado de ello es que el poder social participa en el ejercicio del poder estatal accediendo a los órganos en los que están delegadas las funciones. Pues, a través de la Constitución se verifica el nexo entre derecho y poder en la medida en que el poder se ejerce a través de procedimientos jurídicos y el poder social participa en el ejercicio del poder estatal siguiendo los cauces constitucionales. La Bay’a, pues, no existe por su corporeidad constitucional sino por ser actual. Es decir, porque de modo permanente e interrumpido, participa, eso sí, por el conducto constitucional que democratiza la delegación, en la realización de los actos estatales. Pues si el Estado se manifiesta y cobra existencia en virtud de las funciones fundamentales (de soberanía), la Bay’a se hace actuante y se actualiza a través de la operatividad de la lógica rectora de estas funciones fundamentales (legislativa, ejecutiva, jurisdiccional), ora en su ejercicio directo (parte no delegada o en las situaciones excepcionales) ora en su ejercicio delegado.

The Moroccan Basic Order is a complex structure based on two main mainstays (the Bay’a and the Constitution) which are only separable by abstraction since they are greatly linked and in a mutual relation. This hybrid nature does not only affect the constitutional essence in either its ontological or adaptative dimensions and affects the other constitutional articles but also it adjusts the power exercise, initially theocratic in nature, to the new frame and it also guarantees its distribution according to a democratic and constitutional principle. The Moroccan Constitution should not be viewed as a legal structure of power but as legal structure of the exercise of that power since it is generated outside the Constitution. As a result, the social power participates in the state’s power by having access to the different means in which the different functions are delegated. So, through the Constitution, the link between right and power is established as far as this power is exercised by means of legal procedures and the social power participates in the exercise of the state’s power following the Constitutional means. Thus, the Bay’a does not exist thanks to its coporeal nature but because it is an up-to-date institution, that is, because it participates in the different state actions in a constant and continuous way but always through the constitutional channels which democratizes this delegation. Indeed, if the state appears and acquires its existence by reason of the fundamental functions (of sovereignty), the Bay’a acts and updates itself through the logical governing operating efficiency of these fundamental functions (legislative, executive and jurisdictional) either in their direct application (a part which is not delegated or in exceptional situations) or in their delegated exercise.

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Publicado

2010-01-01

Cómo citar

Adnane, A. (2010). Entre la tradición y la racionalidad constitucional en Marruecos (Despliegue y articulación del poder). Revista de Derecho Político, (79). https://doi.org/10.5944/rdp.79.2010.9133

Número

Sección

ESTUDIOS/STUDIES