Tribunal Europeo de Derechos Humanos y procesos políticos nacionales: democracia convencional y margen de apreciación
DOI:
https://doi.org/10.5944/trc.42.2018.23636Palabras clave:
Tribunal Europeo de Derechos Humanos, democracia, margen de apreciación, European Court of Human Rights, democracy, margin of appreciation,Resumen
Además de un instrumento internacional para la protección de los derechos humanos, el Convenio de Roma de 1950 es también un tratado concebido, en los términos del Tribunal de Estrasburgo, para el mantenimiento y la promoción de los valores e ideales de una sociedad democrática. Esta finalidad se encuentra muy presente en la jurisprudencia del Tribunal, en particular, aunque no solo, en el ámbito de los artículos 8-11 del Convenio y 3 del Primer Protocolo Opcional. Por otro lado, una jurisprudencia bastante reciente utiliza como criterio de identificación del ámbito de aplicación del margen de apreciación la «calidad» del proceso político nacional que ha conducido a la regulación general de la que trae causa una concreta injerencia en el derecho fundamental que el convenio garantiza. En este artículo se analiza tanto el concepto de democracia que resulta de las demandas decididas por el Tribunal como las exigencias que del mismo resultan para definir la extensión del margen de apreciación nacional.
The European Convention on Human Rights of 1950 is not only an international treaty of protection of human rights, but also, in Strasbourg Court's terms, an instrument for maintaining and promoting the values and aspirations of a democratic society. This aim permeates all the case law of the Court, particularly in the field of articles 8-11 of the Convention and article 3 of the First Optional Protocol. On the other hand, the “quality” of the national political process has been considered in recent case law as a criterion for the application of the margin of appreciation doctrine. This paper analizes the concept of democracy shaped by the Court and its consequences for defining the extension of the national margin of appreciation.