Creación de derechos fundamentales en una sociedad democrática: mediaciones
DOI:
https://doi.org/10.5944/trc.56.2025.47070Palabras clave:
derechos fundamentales, derechos humanos, derechos morales, democracia, Tribunal Constitucional y Parlamento, interpretación constitucional, constitucionalismo político, poder constituyente y reforma constitucionalResumen
Los derechos fundamentales son obra del poder constituyente y de nadie más. Ahora bien, ante la dificultad de reformar la Constitución para ampliar su catálogo, algunos pueden «estirarse» gracias a su conexión con figuras afines como los derechos legales, los derechos humanos y los derechos morales, que apoyan la justificación de esos «estiramientos». El trabajo enumera (sin ánimo exhaustivo) qué «nuevos» derechos fundamentales han aparecido desde 1978, según el Parlamento (creación espuria) y según el Tribunal Constitucional (creación encubierta), desvelando tendencias y errores argumentativos. A la espera de que el poder constituyente se exprese como tal, el trabajo sugiere algunas mediaciones que acercarían mejor el proceso futuro de creación de nuevos derechos fundamentales al principio democrático.
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