Teoría y Realidad Constitucional https://revistas.uned.es/index.php/TRC <table width="739"> <tbody> <tr> <td align="center" valign="top"> <div> <p><img title="teoria_175" src="https://revistas.uned.es/index.php/TRC/management/settings/context//public/site/images/ibernal/teoria_175.jpg" alt="teoria_175" width="115" height="175" /></p> <p> </p> </div> </td> <td width="5%"> <p> </p> </td> <td valign="top"> <p>La revista Teoría y Realidad Constitucional es una publicación periódica, semestral, fundada en 1998 y editada por el Departamento de Derecho Político de la UNED.</p> <p>Teoría y Realidad Constitucional es una plataforma abierta a las inquietudes de todos los profesores de nuestra especialidad, que publica trabajos de investigación originales que ofrezcan una visión dinámica y dialéctica sobre el constitucionalismo de nuestra época, abierta a estudios doctrinales sobre el derecho constitucional tanto españoles como extranjeros. Se caracteriza por prestar atención a las aportaciones teóricas, pero también a las demandas de la realidad, y por tratar de ofrecer una visión panorámica tanto de la evolución de las posiciones doctrinales como de desarrollos constitucionales que se producen en los países de nuestro entorno, fomentando así el diálogo y la comunicación en el contexto de un constitucionalismo europeo e incluso global.</p> <p>La revista Teoría y Realidad Constitucional cuenta con el sello de “excelencia” de la FECYT y está indizada en JCI, SJR, MIAR, Anvur, Dialnet y LATINDEX entre otros.</p> <p>Teoría y Realidad Constitucional es una revista de acceso abierto, que utiliza un proceso de evaluación externa, anónima y por pares, comprometida con la ética académica y las buenas prácticas en publicaciones científicas, así como con las políticas de igualdad.</p> </td> </tr> </tbody> </table> UNED es-ES Teoría y Realidad Constitucional 1139-5583 <p>Las obras están bajo una <a href="http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/" rel="license">Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional</a>.</p> <p>Se pueden copiar, usar, difundir, transmitir y exponer públicamente, siempre que:</p> <ol> <li>Se cite la autoría y la fuente original de su publicación (revista, editorial y URL de la obra).</li> <li>No se usen para fines comerciales.</li> <li>Se mencione la existencia y especificaciones de esta licencia de uso.</li> </ol> La regulación de la designación de los candidatos electorales por los partidos políticos en Alemania https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43309 <p>La legitimidad de una democracia parlamentaria como la alemana depende en buena medida de la correcta configuración de las elecciones parlamentarias; y para el mejor logro de tal conformación resulta esencial no sólo la articulación de un buen sistema de votación; si la preselección del personal en la nominación de candidatos determina en gran medida la composición del parlamento tiene sentido recurrir también a procedimientos democráticos a la hora de designar a los candidatos que presentan los partidos. Así lo previó la Ley Fundamental de Bonn en su artículo 21. Se analiza así la regulación específica que concreta el mandato existente en la Ley Fundamental de Bonn y su desarrollo práctico, prestando una especial atención a los problemas teóricos y prácticos que se han ido presentando y sus repercusiones. En el debate posterior a la conferencia se plantearon cuestiones muy interesantes como la cuestión de la imposición de listas electorales paritarias o la repercusión práctica de las candidaturas uninominales en Alemania.</p> Martin Morlok Derechos de autor 2024 Martin Morlok https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 115 129 10.5944/trc.54.2024.43309 La regulación de la inteligencia artificial en Europa https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43310 <p>Pocas semanas antes de finalizar la redacción de estas páginas se conocieron tanto el texto del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (la llamada Ley de Inteligencia Artificial) como el del Convenio Marco del Consejo de Europa sobre inteligencia artificial, derechos humanos, democracia y Estado de Derecho. Ambas normas son el resultado presente de un proceso de debate legislativo, institucional, social, tecnológico y económico que se remonta a varios años atrás y que parte del convencimiento, como se dice en el Libro Blanco sobre la inteligencia artificial de la Comisión Europea, de que la inteligencia artificial «cambiará nuestras vidas, pues mejorará la atención sanitaria, aumentará la eficiencia de la agricultura, contribuirá a la mitigación del cambio climático y a la correspondiente adaptación, mejorará la eficiencia de los sistemas de producción a través de un mantenimiento predictivo, aumentará la seguridad de los europeos y nos aportará otros muchos cambios que de momento solo podemos intuir. Al mismo tiempo, la IA conlleva una serie de riesgos potenciales, como la opacidad en la toma de decisiones, la discriminación de género o de otro tipo, la intromisión en nuestras vidas privadas o su uso con fines delictivos». En las siguientes páginas analizaremos las respuestas jurídicas que se han dado en Europa al reto de regular la IA de forma no apocalíptica pero tampoco totalmente integrada: cómo definen estas normas la inteligencia artificial, qué principios generales las han inspirado, la opción por un enfoque regulatorio basado en los riesgos, las diferencias estructurales entre el Reglamento de la Unión Europea y el Convenio Marco del Consejo de Europa, el tratamiento de los modelos de inteligencia artificial de uso general y, finalmente, los posibles «efecto Bruselas» y «efecto Estrasburgo» que pueden provocar estas normas.</p> Miguel Ángel Presno Linera Anne Meuwese Derechos de autor 2024 Miguel Ángel Presno Linera, Anne Meuwese https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 131 161 10.5944/trc.54.2024.43310 La autonomía como capacidad de autodeterminación. La consolidación de un nuevo paradigma en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43311 <p>Aunque el principio de autonomía no está recogido expresamente en la Constitución, el Tribunal Constitucional español ha ido consolidando en su más reciente jurisprudencia una sólida doctrina en torno a la capacidad de autodeterminación de los sujetos. En su análisis de leyes que en los últimos años ha abordado cuestiones controvertidas —la identidad de género, el aborto, la eutanasia, la violencia obstétrica—, ha ido construyendo un nuevo paradigma en estrecha relación con la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad. Esta interpretación pone las bases para un nuevo entendimiento del sujeto de derechos y para una revisión de los términos del contrato social, de acuerdo con los argumentos críticos desarrollados por el feminismo jurídico.</p> Octavio Salazar Benítez Derechos de autor 2024 Octavio Salazar Benítez https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 163 187 10.5944/trc.54.2024.43311 La protección de las fuentes periodísticas en la era digital y el impulso regulatorio de la Unión Europea https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43312 <p>La protección de quienes actúan como fuente de informaciones periodísticas es crucial para salvaguardar la función de guardián que el periodismo desempeña en las sociedades democráticas. En un contexto digital que ha provocado cambios radicales en el periodismo tanto por la aparición de nuevos canales como por la forma de ejercerlo, la Unión Europea está intentado reforzar el marco regulatorio de los medios de comunicación y las iniciativas comunitarias con miras a la protección de las personas que trasladan información a los periodistas se han intensificado en los últimos años con el fin de garantizar el flujo de informativo y atajar el peligro de que se extienda un efecto de desaliento sobre el ejercicio de la libertad de información.</p> Cristina Pauner Chulvi Derechos de autor 2024 Cristina Pauner Chulvi https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 189 216 10.5944/trc.54.2024.43312 Teoría de la democracia y derechos fundamentales https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43313 <p>La teoría general de los derechos fundamentales surgida principalmente en torno a la experiencia de las jurisdicciones constitucionales europeas encontraba las razones de su eficacia y su éxito práctico en el contexto sociopolítico del Estado constitucional de la «posguerra», entendida ésta en un sentido amplio. Su envidiable éxito y estabilidad pueden ocultar, sin embargo, la profunda transformación del actual contexto jurídico-político en el que debe desplegar su capacidad explicativa. Entre estos nuevos contextos destaca la percepción general de que nos encontramos ante una fase de «crisis» o quizás de declive de los sistemas democráticos que enmarcaron dicha teoría. Más allá de las modas doctrinales, resultan evidentes los factores de deterioro de la efectividad y de la propia legitimidad del actual estado democrático. A la crisis de representación originada por la crisis de los partidos políticos en su tradicional función de intermediación, se une una crisis de eficacia a la hora de abordar una situación que es mucho más compleja desde el punto de vista sistemático y territorial. Junto a ello, la revolución digital ha producido una crisis en la tradicional concepción del espacio público que afecta tanto a nuestras explicaciones normativas del funcionamiento de la democracia como a su funcionamiento real, determinando una transformación de la relación del individuo con lo político y una serie de fenómenos identitarios y tribales que fomentan la sentimentalización del comportamiento político. Con todo ello se favorece a su vez una crisis de la representación política que termina manifestándose en el auge de los diversos fenómenos de populismo político.</p> Augusto Martín de la Vega Derechos de autor 2024 Augusto Martín de la Vega https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 217 248 10.5944/trc.54.2024.43313 Definición de la apariencia personal y derecho a la propia imagen. Consideraciones críticas sobre la creación de un nuevo derecho https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43314 <p>La inclusión de la facultad de definir la propia apariencia en el contenido del derecho a la propia imagen, certificada por la STC 67/2022, plantea algunos problemas de forma y de fondo. En cuanto a la forma, porque el Tribunal habla por primera vez del nuevo derecho en el contexto de un problema para cuya resolución no era este en absoluto necesario, obviando la existencia de alguna sentencia anterior en sentido contrario. Desde un punto de vista sustantivo, además, la motivación aportada resulta insuficiente. Ni de la literalidad de la expresión utilizada por el art. 18.1 CE ni del recurso al criterio interpretativo del art. 10.2 CE se puede deducir la pertenencia de la nueva faceta al derecho a la propia imagen, mientras que, por el contrario, el recurso a los métodos sistemático y teleológico conducen más bien al resultado contrario, lo que llevaría a concluir que la auténtica sede constitucional de la definición de la apariencia personal se encuentra en el principio de libre desarrollo de la personalidad (art. 10.1 CE).</p> Rafael Naranjo de la Cruz Derechos de autor 2024 Rafael Naranjo de la Cruz https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 249 282 10.5944/trc.54.2024.43314 La propia imagen como objeto iusfundamental https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43315 <p>En una primera fase, el derecho fundamental a la propia imagen quedó prácticamente circunscrito a la protección de las imágenes de las personas que permiten su identificación. Sin embargo, a lo largo de estos años se han ido cobijando en su ámbito aspectos que invitan a tratar de reconstruir la definición constitucional de «propia imagen», de forma más acorde con la realidad en que hoy se desenvuelve. En especial, su objeto más característico, la imagen somática, es compartido hoy por el derecho a la protección de datos, lo que plantea una difícil delimitación de derechos.</p> Amelia Pascual Medrano Derechos de autor 2024 Amelia Pascual Medrano https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 283 308 10.5944/trc.54.2024.43315 Los «social media» en USA y en la UE: dos modelos legales distintos y un mismo problema para la Democracia https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43316 <p>El trabajo se centra en la descripción de dos modelos legales (USA/UE) que regulan las redes sociales y su diferente concepción jurídica en el contexto democrático. Ante los mismos problemas surgidos en la nueva infraestructura digital de la información, cada uno ha respondido de manera distinta aunque ninguna respuesta se muestra eficaz para reparar los daños en el discurso digital público y sus consecuencias democráticas. Se han de explorar nuevas perspectivas.</p> Rosa María García Sanz Derechos de autor 2024 Rosa María García Sanz https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 309 349 10.5944/trc.54.2024.43316 Evolución del recurso de amparo parlamentario en el modelo español de justicia constitucional https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43317 <p>Este trabajo examina la evolución y el estado actual del recurso de amparo parlamentario en el sistema español de justicia constitucional. El artículo analiza cómo se ha utilizado este mecanismo procesal por los sujetos legitimados y cuál ha sido la respuesta del Tribunal Constitucional. Con carácter previo, se abordan varias cuestiones a la luz de la jurisprudencia constitucional: la naturaleza jurídica, la finalidad y las particularidades del recurso de amparo parlamentario</p> Yolanda Gómez Lugo Derechos de autor 2024 Yolanda Gómez Lugo https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 351 388 10.5944/trc.54.2024.43317 Libertad de información y acceso a las cámaras parlamentarias https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43318 <p>Los periodistas y los medios de comunicación tienen una posición preferente en el acceso a las fuentes informativas. Se trata de una actuación que se enmarca en la fase de preparación de las noticias, por lo que forma parte del contenido esencial de la libertad de información. Este acceso tiene una especial proyección sobre las Cortes Generales por el interés y relevancia pública de su actividad, por lo que este artículo centra su atención en los criterios de acreditación y permanencia de estos profesionales en sede parlamentaria. Para ello, se examina la jurisprudencia del Tribunal Constitucional relacionada con la labor informativa en lasdependencias de los poderes públicos, así como la regulación contenida en los reglamentos y la práctica habitual de las Cámaras parlamentarias. El análisis jurisprudencial permite sostener que las credenciales de prensa deben servir al favorecimiento de la posición preferente que ostentan los periodistas. Por este motivo, los condicionamientos para su obtención se deben limitar a razones organizativas o porque se carezca de una vinculación a medios de comunicación institucionalizados. A su vez, el mantenimiento del orden y el respeto a los derechos fundamentales puede constituir un límite a su ejercicio profesional dentro de las Cámaras, restringiendo la presencia en las ubicaciones que no estén destinadas a una finalidad informativa, o la captación de imágenes que puedan transgredir la intimidad y el secreto de las comunicaciones de los parlamentarios. En todo caso, cualquier reacción ante la conculcación de las normas en el recinto parlamentario, debería quedar reducida a respuestas perentorias fruto de la función de policía atribuida a órganos de las Cámaras, sin perjuicio de la incoación de ulteriores procedimientos sancionadores que deben guardar todas las garantías. Con todo, las Cámaras no disponen de una norma de desarrollo del reglamento que tenga alcance general para toda la actividad informativa y que dé respaldo jurídico a la administración parlamentaria. En su defecto, se aplican unos criterios en materia de acreditación y permanencia de los periodistas que parecen inspirados en la jurisprudencia constitucional, pero que se exceden en algunos de sus términos, mientras que en otros, son poco concretos u omiten completamente los procedimientos y las garantías que debería tener el acceso de los periodistas.</p> Javier Sierra-Rodríguez Derechos de autor 2024 Javier Sierra-Rodríguez https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 389 420 10.5944/trc.54.2024.43318 Inteligencia artificial, predicciones y funciones normativas https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43319 <p>El núcleo gordiano de los sistemas de inteligencia artificial, al menos desde el punto de vista jurídico, es que, en base a la cantidad de datos que manejan son capaces de ofrecer inferencias sobre lo que es más plausible que suceda en el futuro, es decir, arrojar predicciones. Este trabajo trata, precisamente, de explorar, desde un punto de vista de teoría general, el encaje que las predicciones pueden tener en el sistema normativo, entendido éste desde un punto de vista jurídico-positivo. Así, tras analizar si la predicción es o no la función que aquél tiene generalmente encomendada, pasa a estudiarse la implicación de aquélla en las dos funciones características del ordenamiento jurídico: la creación y la aplicación de normas.</p> Patricia García Majado Derechos de autor 2024 Patricia García Majado https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 421 447 10.5944/trc.54.2024.43319 Controversias sobre la calificación de enmiendas con repercusiones presupuestarias en el Senado https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43320 <p>En este artículo se analiza la compleja tramitación en el Senado de un proyecto de ley, protagonizada por las controversias surgidas en torno a la cuestión de la homogeneidad de las enmiendas y del veto presupuestario. Concretamente se presta atención al veto presupuestario del Gobierno a la tramitación de una propuesta de modificación presentada en fase de Pleno, a su rechazo por la Mesa del Senado y a la resolución de esta controversia por la presidenta del Senado, quien decidió la anulación de una votación plenaria celebrada dos días antes.</p> José Carlos Nieto Jiménez Derechos de autor 2024 José Carlos Nieto Jiménez https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 449 483 10.5944/trc.54.2024.43320 Recensiones https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43324 <p>Marc Carrillo. <em>El Derecho represivo de Franco</em> (Óscar Alzaga Villaamil)</p> <p>Ignacio Gutiérrez Gutiérrez (coord.). <em>Premisas de Derecho Constitucional</em> (Ana Galdámez Morales)</p> <p>Antonio Bar Cendón, Mónica Martínez López-Saez (coords.). <em>La Unión Europea ante la crisis. Derechos, valores, seguridad y defensa</em> (Jorge Alguacil González-Aurioles)</p> <p>Esther Seijas Villadangos. <em>Sanidad y Constitución</em> (Francisco Javier Sanjuan Andrés)</p> <p>José Carlos Nieto Jiménez. <em>Consecuencias de la fragmentación y la polarización en las Cortes Generales</em> (Yolanda Gómez Lugo)</p> Óscar Alzaga Villaamil Ana Galdámez Morales Jorge Alguacil González-Aurioles Francisco Javier Sanjuán Andrés Yolanda Gómez Lugo Derechos de autor 2024 Óscar Alzaga Villaamil, Ana Galdámez Morales, Jorge Alguacil González-Aurioles, Francisco Javier Sanjuán Andrés, Yolanda Gómez Lugo https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 549 574 El nuevo constitucionalismo latinoamericano: un desafío al sistema interamericano de derechos humanos https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43322 <p>En un contexto regional marcado por la falta de efectividad de los derechos, el nuevo constitucionalismo latinoamericano propone reforzar el hiperpresidencialismo. Además de aprobar cartas robustas de derechos, los líderes del nuevo constitucionalismo han procurado capturar a la justicia constitucional, la cual se ha revelado esencial para validar una estrategia destinada a concentra el poder en el presidente. Para ello, la justicia constitucional ha recurrido a la interpretación abusiva y desleal de la Convención Americana. La CIDH ha respondido reconociendo el derecho del juez a ser independiente, declarando la reelección presidencial indefinida incompatible con la Convención Americana, y reiterando el carácter obligatorio de sus sentencias, pero aun así la tutela efectiva de los derechos y del principio democrático exige reformas sistémicas en el SIDH.</p> David Mier Galera Derechos de autor 2024 David Mier Galera https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 505 530 10.5944/trc.54.2024.43322 Noticias de libros https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43325 <p>Noticias de libros</p> Varios Autores Derechos de autor 2024 Varios Autores https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 577 593 Encuesta sobre Derecho de gracia, amnistía y Constitución https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43308 <p>Encuesta sobre Derecho de gracia, amnistía y Constitución</p> César Aguado Renedo Ana Carmona Contreras Alicia Gil Gil Enrique Linde Paniagua Alberto López Basaguren Alejandro Saiz Arnaiz Derechos de autor 2024 César Aguado Renedo, Ana Carmona Contreras, Alicia Gil Gil, Enrique Linde Paniagua, Alberto López Basaguren, Alejandro Saiz Arnaiz https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 15 111 10.5944/trc.54.2024.43308 Semblanza de Francisco Rubio Llorente https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43323 <p>Francisco Rubio no sólo fue un constitucionalista teórico, sino también práctico. Como secretario general del Congreso de los Diputados durante los años 1978 y 1979 ejerció un protagonismo indudable en su organización y funcionamiento como cámara democrática durante la Transición y el proceso constituyente; como magistrado, y después Presidente del Tribunal Constitucional, ejerció un papel clave en la conformación y desarrollo de este importante órgano constitucional. Su obra intelectual no solo pone las bases del moderno Derecho constitucional, contribuye de manera decisiva a forjar una escuela formada en torno a su figura caracterizada por rigor en el conocimiento, espíritu crítico en los debates, tolerancia sin ningún tipo de sectarismo, y, por supuesto, independencia de criterio.</p> Manuel Aragón Reyes Derechos de autor 2024 Manuel Aragón Reyes https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 533 545 10.5944/trc.54.2024.43323 Protección de los derechos fundamentales frente al cambio climático en la última jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos https://revistas.uned.es/index.php/TRC/article/view/43321 <p>Por primera vez el TEDH se pronuncia en casos sobre cambio climático en los que los demandantes acusan a la Estados de inacción climática. El Tribunal modula su jurisprudencia ambiental para considerar que esa inacción puede en efecto lesionar los derechos protegidos en los artículos 2 y 8 y, eventualmente, 6 del CEDH. En uno de los tres casos resueltos concluye en que se ha violado el artículo 8 convencional y respecto a la asociación también el 6, porque Suiza sobrepasó su margen de apreciación nacional al no cumplir con sus obligaciones positivas de protección que el TEDH infiere interpretando el CEDH en armonía con los tratados contra el cambio climático ratificados por Suiza.</p> Raúl Canosa Usera Derechos de autor 2024 Raúl Canosa Usera https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 2024-11-18 2024-11-18 54 487 501 10.5944/trc.54.2024.43321