¿Debe exigirse motivación a los acuerdos de concesión de indultos? Comentario a la Sentencia del pleno de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 20-11-2013

Autores/as

  • María Isabel Serrano Maíllo

DOI:

https://doi.org/10.5944/trc.34.2014.14068

Palabras clave:

Indulto, prerrogativa de gracia, motivación, razones de justicia, equidad y utilidad social, interdicción de la arbitrariedad, discrecionalidad, acto graciable, Reprieve, prerogative of mercy, motivation, reasons of justice, fairness and social utility, prohibition of arbitrariness, gracious act,

Resumen

La Sentencia que nos ocupa es de gran interés porque viene a cambiar la línea jurisprudencial que mantenía hasta ahora respecto a la concesión de indultos. Anula un indulto parcial concedido por el Gobierno en base a que éste no lo motivó. Es una resolución muy polémica. De hecho, 19 de los 36 magistrados presentaron voto particular, casi todos ellos en referencia al tema de la motivación. La controversia surge porque la Ley del Indulto no considera la motivación como un elemento obligatorio en los indultos parciales. Lo fue hasta 1988, pero desapareció de la ley tras su reforma. No obstante, la Sala, apoyándose en el «espíritu de dicha Ley» —recogido en el preámbulo— y en el artículo 9.3 CE, anuló el indulto por no dar razones de justicia, equidad o utilidad social para su concesión.

The judgment in question is a statement of great interest because it comes to changing the line of cases that held granting reprieve. The thing is that a Government´s partial reprieve was cancelled because it wasn´t not motivated. It is a very controversial decision. In fact, 19 of the 36 judges filed dissenting opinion, most of them referring to the issue of motivation. The controversy arises because the Act of Reprieve does not consider motivation as a mandatory element in the partial reprieves. It was mandatory until 1988, when it disappeared after the law reform. However, the Supreme Court based on the «spirit of the law»-reflected in the preamble and in Article 9.3 CE canceled the reprieve for not giving reasons of justice, equity or social utility for been granted.

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Publicado

2014-06-01

Cómo citar

Serrano Maíllo, M. I. (2014). ¿Debe exigirse motivación a los acuerdos de concesión de indultos? Comentario a la Sentencia del pleno de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 20-11-2013. Teoría Y Realidad Constitucional, (34), 609–626. https://doi.org/10.5944/trc.34.2014.14068

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