De la Constitución "irreformable" a la reforma constitucional "exprés"
DOI:
https://doi.org/10.5944/trc.29.2012.6987Palabras clave:
constituent power, constitutional reform, constitutional review, constitutional mutation, "golden rule" on budgetary stability, institutional blockade, politics of dissent and anger vs. consensual politics, Poder constituyente, reforma constitucional, revisión constitucional, mutación constitucional, "regla de oro" de estabilidad presupuestaria, bloqueo institucional, consenso vs. crispación,Resumen
Desde la perspectiva del Derecho constitucional comparado, la Constitución española de 1978 (CE) pasa por ser una de las más rígidas. Su Título X prevé dos procedimientos de reforma caracterizados ambos por la exigencia de amplias mayorías parlamentarias (3/5, reforma simplificada; 2/3, revisión agravada). La revisión agravada se cualifica por la exigencia de una doble expresión de mayoría de 2/3, mediando disolución de las Cortes y nuevas elecciones, además de un referendum preceptivo de ratificación. Significativamente, la CE excluye expresamente la iniciativa popular en el procedimiento de reforma. Todo ello explica, en términos jurídicos, las enormes dificultades con que se ha abierto paso en España el debate sobre la modificación de la CE. De este modo, en 35 años sólo ha tenido lugar dos veces (1992 y 2011), en contextos muy distintos, pero coincidentes en su conexión con las coordenadas impuestas por los compromisos de España con la UE.
From the viewpoint of comparative constitutional law, the 1978 Spanish Constitution happens to be one of the most rigid. Its Title X provides with two constitutional reform procedures, both characterized by the need of wide parliamentary majorities (3/5, simplified reform; 2/3, aggravated review). The latter qualifies by the requirement of a dual expression of a majority of 2/3, with dissolution of Parliament followed by new elections, as well as with a mandatory referendum for ratification. Significantly, the Spanish Constitution expressly excludes the popular initiative in the process of reform. This explains, in legal terms, the enormous difficulties with which the debate on amending the Constitution has been raised in Spain, so that it has only occurred twice in 35 years (1992 and 2011), in very different contexts, but coinciding in its connection with the coordinates imposed by Spain’s commitments with the EU.
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