El Ombudsman marroquí o Diwan al Madalim a la luz de la experiencia española
DOI:
https://doi.org/10.5944/trc.26.2010.6932Palabras clave:
Ombudsman, complaint, administration, mediation, Defensor del Pueblo, quejas, administración, mediación,Resumen
El artículo trata de exponer los rasgos orgánicos y funcionales de la institución del Ombudsman marroquí o Diwan Al Madalim, institución inscrita en una lógica tradicional monárquica de justicia y cuyo funcionamiento se ve modulado por el nuevo ordenamiento en el que se inserta. Su análisis se hace a la luz de la experiencia española que otorga al Defensor del Pueblo un rango constitucional, haciendo que el alcance de sus funciones sea más amplio. Amplitud aún más acentuada por la posibilidad de actuar de oficio de la que carece su homólogo marroquí. Éste que, a pesar de su buena acogida por los ciudadanos en general, y por la doctrina en particular, ve limitada su función de garante cotidiano de la legitimidad de ejercicio del poder y restringida su posibilidad de poder impulsar la satisfacción de las inquietudes de las categorías sociales desfavorecidas ni de expresar los intereses sociales difusos.Descargas
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Publicado
2010-06-01
Cómo citar
Adnane, A. (2010). El Ombudsman marroquí o Diwan al Madalim a la luz de la experiencia española. Teoría y Realidad Constitucional, (26), 511–528. https://doi.org/10.5944/trc.26.2010.6932
Número
Sección
Panorámicas