La iniciativa legislativa popular en las Comunidades Autónomas: la necesaria reforma de su legislación
DOI:
https://doi.org/10.5944/trc.24.2009.6876Palabras clave:
iniciativa popular, democracia semidirecta, Comunidades Autónomas, participación ciudadana,Resumen
El artículo 86.3 de la Contitución prevé la participación ciudadana en el proceso legislativo a través la iniciativa legislativa popular. En parangón a este precepto, los Estatutos de Autonomía también contemplan esta institución de democracia semidirecta. A nivel estatal, esta institución se reguló por la Ley Orgánica 3/1984, y posteriormente las Comunidades Autónomas fueron aprobando sus respectivas Leyes de iniciativa legislativa popular. Esta normativa, tanto estatal como autonómica, ha demostrado ser muy restrictiva. Por ello, la reforma de las Leyes de Iniciativa Popular se vuelve imprescindible si queremos que esta institución de participación ciudadana funcione, aumentando significativamente el número de proposiciones de ley y que éstas, tras su tramitación parlamentaria, se conviertan en leyes.Descargas
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Publicado
2009-07-01
Cómo citar
Cabedo Mallol, V. (2009). La iniciativa legislativa popular en las Comunidades Autónomas: la necesaria reforma de su legislación. Teoría Y Realidad Constitucional, (24), 455–476. https://doi.org/10.5944/trc.24.2009.6876
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