Consideraciones sobre el delito de daños a un espacio natural protegido
Keywords:
espacio, natural, protegido, daño, medio ambiente,Abstract
El artículo 330 del Código Penal recoge la protección penal básica de los Espacios Naturales Protegidos. Tales espacios integran parajes o entornos cuyas condiciones naturales peculiares determinan un especial tratamiento jurídico, estableciendo el legislador una pena de prisión de uno a cuatro años para aquel que dañase gravemente alguno de los elementos que hubieran servido para su calificación. Siendo éste un delito de resultado, la norma exige la producción de un daño concreto y específico a alguno de los elementos esenciales del espacio natural, al contrario que la generalidad de los delitos contra el medio ambiente, configurados como delitos de peligro. La interpretación y análisis de los parámetros a considerar en la aplicación del delito es el objeto de este artículo.Downloads
Downloads
Published
How to Cite
Issue
Section
License
La Revista de Derecho Penal y Criminología de la UNED carece de ánimo de lucro o comercial y está financiada por el Departamento de Derecho penal y Criminología de la UNED.
Todos los artículos se publican en abierto .
Los autores ceden gratuitamente a la Revista los derechos inherentes a la propiedad intelectual imprescindibles para realizar su labor de edición, publicación y difusión.
Los autores están autorizados a depositar en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto la versión publicada de sus artículos (separata en pdf) o el enlace a su artículo en la página de la revista .
Las obras están bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional.
Se pueden copiar, usar, difundir, transmitir y exponer públicamente, siempre que:
- Se cite la autoría y la fuente original de su publicación (revista, editorial y URL de la obra).
- No se usen para fines comerciales.
- Si se transforma o construye sobre el material, no se puede distribuir el material modificado.