La responsabilidad penal de los miembros de las fuerzas policiales por no impedir delitos

Autores/as

  • José Luis Serrano González de Murillo

Palabras clave:

función policial, seguridad colectiva, omisión pura, omisión impropia, deber de impedir delitos, deber de solidaridad, police role, collective security, pure omission, improper omission, duty to prevent crimes, duty of solidarity

Resumen

Si bien es indiscutida la función y deber del Estado de garantizar la seguridad colectiva, como parte del contrato social, se discute en cambio la responsabilidad penal de los agentes policiales por la no evitación de delitos, cuando fue posible, y en concreto si mediante esa omisión se infringe un simple deber general de solidaridad o bien el agente debe responder del resultado delictivo no evitado. A este respecto, se propugna la solución expresa por parte del legislador, que concrete la definición social de la institución policial.

While the State’s role to ensure collective security is indisputable, as part of the social contract, by contrast it is discussed the criminal responsibility of its police officers for not preventing crime, where possible, and in particular whether with that omission is violated a simple general duty of solidarity, or the officer is also liable for the outcome of the not prevented crime. In this regard, the solution by the legislator is advocated, thus clarifying the social definition of the police role.

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Publicado

2019-10-18

Cómo citar

Serrano González de Murillo, J. L. (2019). La responsabilidad penal de los miembros de las fuerzas policiales por no impedir delitos. Revista de Derecho Penal y Criminología, (2), 127–155. Recuperado a partir de https://revistas.uned.es/index.php/RDPC/article/view/24714

Número

Sección

Derecho Penal