Apuntes histórico-constitucionales y de derecho comparado en torno al ingreso y formación en la judicatura española: un modelo reificante
DOI:
https://doi.org/10.5944/trc.50.2022.36384Resumen
Resulta basal comprender que la selección y formación de los jueces, los conocimientos, habilidades y competencias que adquieren durante ese proceso, son determinantes para garantizar de manera efectiva los derechos fundamentales de los ciudadanos y el despliegue efectivo del Estado Social y Democrático de Derecho consagrado en la Constitución. Por ello, se impone determinar si los cambios sociales, culturales, políticos y generacionales que se están produciendo a un ritmo inédito en nuestra sociedad, de incontrovertible trascendencia en la impartición de justicia, tienen reflejo en los conocimientos que exige nuestro modelo de acceso a la judicatura. Una cuestión que debe ser respondida discerniendo cual es la función judicial en el Estado Constitucional; qué estatuto legal ampara al juzgador como funcionario público encargado de administrar justicia y cómo ha sido el desarrollo del reclutamiento judicial en España a lo largo de la historia, comparándolo con los sistemas de cooptación de ordenamientos jurídicos análogos al nuestro, pero también de naturaleza disímil, como el common law. Todo ello nos debería permitir, finalmente, reflexionar acerca de si nuestro actual sistema de acceso a la carrera judicial se cohonesta con la formación previa de los aspirantes, su contexto vital y generacional y los cánones de transparencia, igualdad, transversalidad, buena administración y eficiencia que impregnan cualquier actividad pública en el siglo xxi.
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