Injusto y culpabilidad en Derecho penal
Abstract
La partición del concepto de delito en las categorías sistemáticas injusto y culpabilidad —valorada por Welzel como «el avance dogmático más importante en las dos o tres últimas generaciones» y calificada por Roxin como «una de las perspectivas más notables que haya alcanzado nuestra Ciencia penal en los últimos cien años» — suele ser vista hoy en día, en palabras de Rödig, como un «fenómeno natural sistemático». En su origen esta separación se basa en la división categorial entre el hecho y su autor, es decir, entre un suceso perturbador «desaprobado jurídicamente» o «valorado negativamente» y el sujeto responsable de semejante hecho. Hasta el día de hoy, el suceso perturbador se ha definido mayoritariamente como una modificación empírica y real del mundo exterior, es decir, como una lesión o puesta en peligro de un bien jurídico o de su objeto. Sin embargo, dado que semejantes modificaciones también se producen en el mundo exterior independientemente de la persona del autor, antes de constatar definitivamente la existencia de un delito —esto es, de un hecho punible— es necesaria una segunda operación, consistente en establecer una vinculación entre el hecho y el autor que debe ser castigado: la imputación.Downloads
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