La mitad de oficios en concejos : Madridejos y otros casos, entre el Medievo y la Edad Moderna
DOI:
https://doi.org/10.5944/etfiii.20.2007.3768Palabras clave:
Historia del Derecho y de las Instituciones, Corona de Castilla, Real Chancillería de Granada, concejos, siglo XV, mitad de oficios en concejos, siglo XVI, nobles, pecheros, caballeros villanos, conflictos sociales,Resumen
Bajo la excusa de los sucesos acontecidos en villas y lugares como Madridejos y otras poblaciones, tanto en los siglos XV como XVI, donde diversos grupos de personas cohesionados y formando estado solicitan, exigen y, con frecuencia, consiguen por medio de litigio penetrar en las instituciones municipales, se realiza un estudio sobre la institución de la mitad de oficios, defendiendo su naturaleza no nobiliaria sino de Derecho público y estableciendo unos parámetros definitorios que puedan englobar a toda esta institución entendida tanto como tipología electoral y como tipología estructural de los concejos castellanos, así como derecho que puede ser alegado por nobles — mayoritariamente— pero también por pecheros ya sean cristianos viejos o nuevos, labradores o caballeros villanos, pobres o ricos. De igual modo a través del presente análisis se demuestra la dificultad que en muchas ocasiones representaba conseguir el fin deseado y cómo los derrotados en los pleitos de mitad de oficios hacían valer determinadas artimañas y excusas para no establecer o demorar el establecimiento de esta institución, llegando incluso a hacer nula la actividad y lo obtenido por el estado que propugnaba el establecimiento de esta institución en sus concejos.
In the 15th and 16th centuries, cohesive groups of citizens with a common cause made a request, a demand or, frequently, entered into litigation to penetrate municipal institutions, as occurred in Madridejos and other towns. This paper studies the institution of mitad de oficios or half of trades. A defence is made of the fact that it was a matter of public Law and not of the nobility. The parameters given to define it encompass the institution as a whole: as an electoral factor; as part of the framework of Castilian councils; and as a right claimed by the nobility, mostly, but also by commoners, whether they were old Christians or new, farmers or caballeros villanos, rich or poor. The paper also shows how difficult it often was to attain the desired aim, and how those who were defeated in half of trade litigation used tricks and excuses that prevented the institution from being established, or, at least, delayed it. They even managed to annul its activity completely, as well as anything obtained by the state that advocated the institution in its councils.