Pluralismo y derecho a participar en la vida cultural: una interpretación deliberativa del art. 44.1 CE
DOI:
https://doi.org/10.5944/trc.56.2025.47058Resumen
En este trabajo se aplica la interpretación deliberativa de los derechos al derecho a la cultura, recogido en el art. 44.1 CE. La tesis que se defiende es que la cultura no puede entenderse en términos de consumo pasivo ni de mero acceso, sino como un espacio de deliberación pública y, por tanto, el art. 44.1 CE es eminentemente un derecho de status activus, es decir, de participación en la vida cultural. En el artículo se procede a realizar un estudio dogmático del precepto en el que se concluye su naturaleza de norma de derecho compuesta por facultades subjetivas —diferidas a la intervention legis— y por un principio constitucional, el pluralismo cultural, que se proyecta sobre otros derechos fundamentales.
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Alzaga Villaamil, Ó. (2020). Sobre el origen de nuestro sistema electoral y sus secuelas en nuestros partidos y en la dinámica pública. Teoría y Realidad Constitucional, 45, 113-138.
Amoedo-Souto, C. A. (2014). El derecho de acceso a la cultura en España: Diagnóstico y propuestas de estrategia jurídica. Revista Vasca de Administración Pública, 99-100, 295-327.
Asad, T. (1979). Anthropology and the Analysis of Ideology. Man, 14 (4), 607-627.
Álvarez Medina, S. (2015). La autonomía personal y la autonomía relacional. Análisis filosófico, 35 (1), 13-26.
Antonino de la Cámara, M. (2025). El pluralismo cultural en el ámbito de la libertad religiosa a la luz del art. 44.1 CE. Revista jurídica Universidad Autónoma de Madrid, 67-94.
Antonino de la Cámara, M.(2023). La justicia constitucional y el lenguaje del arte. En Prieto de Pedro, J., Dedeu Pastor, R., Lorenzo Moles, M. (coords.). Libertad, arte y cultura: Reflexiones jurídicas sobre la libertad de creación artística (pp. 401-419). Madrid: Marcial Pons.
Antonino de la Cámara, M. (2021). La cláusula cultural en el derecho a la educación, Revista chilena de derecho y ciencia política, 12 (2), 76-108.
Aragón Reyes, M. (1988). La eficacia jurídica del principio democrático. Revista española de derecho constitucional, 24, 9-45.
Bastida Freijedo, F.J. (2009) ¿Son los derechos sociales derechos fundamentales? En García Manrique, R. (coord.). Derechos sociales y ponderación (pp. 103-150). Madrid: Fundación Coloquio Jurídico Europeo.
Benhabib, S. y Cornell, D. (1992). Situating the self. Gender, community and postmodernism in contemporary ethics. Cambridge: Polity Press.
Bernal Pulido, C. (2005). El principio de proporcionalidad y los derechos fundamentales. Madrid: CEPC.
Biglino Campos, P. (2021). El impacto de la COVID en la distribución de competencias. En Tudela Aranda, J. (coord.). Estado autonómico y Covid-19: un ensayo de valoración general (pp. 15-39). Zaragoza: Fundación Manuel Giménez Abad.
Böckenförde, E. W. (1993). Escritos sobre derechos fundamentales. Baden-Baden: Nomos Verlagsgesellschaft.
Cartabia, M. (2011). La edad de los «nuevos derechos». Revista de Derecho Político, 81, 61-100.
Chow, P. Y. (2018). Cultural rights in international law and discourse. Leide: Brill Nijhoff.
Dedeu Pastor, R. (2021). Derecho a la cultura y medidas anti-covid. Diario La Ley, 9925.
Dupré, W. (1975). Religion in primitive cultures: a study in Etnophilosophy. Boston: De Gruyter.
Devillard, M. J. y Baer, A. (2010). Antropología y Derechos Humanos: multiculturalismo, retos y resignificaciones. Revista de Antropología Social, 19, 25-51.
Eco, U. (5ª edición: 2000. 1ª edición: 1976). Tratado de semiótica general. Barcelona: Lumen.
Escobar Roca, G. (2012). El derecho a la cultura. En López Ahumada, J.E., Díaz Crego, M., Gil y Gil, J.L., Lucas, M. (dirs.). Derechos sociales y tutela antidiscriminatoria (pp. 1179-1270). Madrid: Aranzadi Thomson Reuters.
Gálvez Montes, J. (1985). Artículo 44. En Garrido Falla, F. (dir.). Comentarios a la Constitución (pp. 897-908). Madrid: Civitas.
García Pelayo, M. (1986). El Estado de partidos. Madrid: Alianza.
Garrido Nieto, E. (2018). Artículo 44. En Casas Baamonde, M. E. y Rodríguez Piñero y Bravo Ferrer, M. (dirs.). Comentarios a la Constitución española (pp. 1360-1365). Madrid: Wolters Kluwer-BOE.
Gómez Montoro, A. (2019). La obsolescencia de los derechos. Revista española de Derecho Constitucional, 115, 47-79.
González Moreno, B. (2003). Estado de cultura, derechos culturales y libertad religiosa. Madrid: Civitas.
Grimson, A. (2008). Diversidad y cultura. Reificación y situacionalidad. Tabula Rasa, 8, 45-67.
Häberle, P. (1996). La sociedad abierta de los intérpretes constitucionales: una contribución para la interpretación pluralista y procesal de la Constitución. En Arzoz Santisteban, X. (trad.). Retos actuales del estado Constitucional (pp. 15-46). Oñate: Instituto Vasco de la Administración pública.
Habermas, J. (2005). Tres modelos de democracia. Sobre el concepto de una política deliberativa. Polis. Revista de la Universidad Bolivariana, 4 (10), s/p.
Habermas, J. (2003). Teoría de la acción comunicativa (II). Crítica de la razón funcionalista. Madrid: Taurus.
Habermas, J. (2000). Conciencia moral y acción comunicativa. Barcelona: Península.
Jiménez Campo, J. (1999). Derechos fundamentales. Concepto y garantías. Madrid: Trotta.
Jullien, F. (2017). La identidad cultural no existe. Barcelona: Penguin Random House.
Keesing, R. M. (1993) [1974]. Teorías de la cultura. En Velasco Maillo, H.M. (comp.). Lecturas de antropología social y cultural (pp. 15-51). Madrid: UNED.
Martinel, A. y Barreiro, B. (2020). Los derechos culturales: Hacia una nueva generación de políticas públicas. Situación y compromisos de España con la comunidad internacional. [Documento de Trabajo n. 20] Observatorio Cultura y comunicación. Madrid: Fundación Alternativas.
Parejo Alfonso, L. (2013). Cultura y descentralización. Cuadernos del derecho a la cultura, 1, 1-34.
Parekh, B. (2000). Rethinking multiculturalism: cultural diversity and political theory. Cambridge: Harvard University Press.
Philipps, A. (2007). Multiculturalism without culture. Princeton: Princeton University Press.
Prieto de Pedro, J. (1995). Cultura, Culturas y Constitución. Madrid: CEPC.
Prieto de Pedro, J. (2006). Artículo 44.1 CE. En Alzaga Villaamil, Ó. (dir). Comentarios a la Constitución española, Tomo IV (pp. 205-216). Madrid: Edersa.
Roca Trías, E. (2020). Cultura y Constitución en tiempos de crisis. El País, 3-5-2020.
Rousseau, D. (2002). La justicia constitucional en Europa. Madrid: CEPC.
Rovira Viñas, A. (2017). Derecho a la cultura. El País, 1-3-2017.
Rubio Llorente, F. (2012). La forma del poder. Estudios sobre la Constitución. Madrid: CEPC.
Sainz Moreno, F. (1980). Constitución. Trabajos parlamentarios. Madrid: Cortes Generales.
Sánchez Muñoz, C. (2009). Seyla Benhabib: hacia un universalismo interactivo y globalizado. En Máiz, R. (comp.). Teorías políticas contemporáneas (pp. 271-310). Valencia: Tirant Lo Blanch.
Torres Del Moral, A. (1984). Comentarios al art. 44 de la Constitución. En Alzaga Villaamil, Ó. (dir). Comentarios a las leyes políticas. Madrid: Edersa.
Tylor, E.B. (1871). Primitive culture: Researches into the development of mythology, philosophy, religion, language, art and custom. London: John Murray-Albermarle Street.
Vaquer Caballería, M. (2020). El derecho a la cultura y el disfrute del patrimonio cultural. Revista Patrimonio Histórico. Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico, 101, 48-73.
Villaverde Menéndez, I. (2018). El constitucionalismo líquido. La dogmática constitucional de los derechos fundamentales del siglo XXI tras 40 años de Constitución Española de 1978. En Punset Blanco, R., Álvarez Álvarez, L. (coords.), Cuatro décadas de una Constitución normativa (1978-2018): Estudios sobre el desarrollo de la Constitución Española (pp. 31-51). Madrid: Thomson Reuters-Civitas.
Walzer, M. (1993). Las esferas de la justicia. Una defensa del pluralismo y la igualdad. Ciudad de México: Fondo de Cultura Económica.
Wright, S. (1998). The Politicization of «Culture». Anthropology Today, 14 (1), 7-15.
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