La independencia judicial como principio constitucional en la UE: los límites del control por el Tribunal de Justicia de la UE
DOI:
https://doi.org/10.5944/trc.50.2022.36381Resumen
La jurisprudencia reciente del TJUE sobre el artículo 19 TUE ha confirmado reiteradamente el extraordinariamente amplio alcance material y ámbito de aplicación de dicha disposición. Al mismo tiempo, tomando en consideración las amplias prerrogativas de los jueces nacionales a la hora de referirse al TJUE a través de la cuestión prejudicial, emerge con claridad, al menos en potencia, que casi todos los elementos de los sistemas judiciales nacionales que estén conectados con la independencia judicial son susceptibles de acabar dirimidos ante el Tribunal de Luxemburgo. Tras algunos desarrollos iniciales que hacían presagiar un auténtico papel limitador para los criterios de admisibilidad en las cuestiones prejudiciales, la jurisprudencia más reciente nos lleva a afirmar que el TJUE ha tornado a una posición flexible y abierta en relación al requisito de la relevancia. El ámbito de aplicación y potencial impacto del artículo 19 TUE fuera de las situaciones de crisis del Estado de Derecho emerge entonces como una cuestión crucial que aún debe ser resuelta por el TJUE.
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