Delitos de odio y redes sociales: el derecho frente al reto de las nuevas tecnologías
DOI:
https://doi.org/10.5944/rduned.27.2021.31076Palabras clave:
redes sociales, delitos de odio, Derechos Fundamentales, Derecho Penal, nuevas tecnologíasResumen
Durante la última década hemos asistido al incremento y preeminencia de las redes sociales. Facebook, Twitter, Instagram o Snapchat han cambiado la manera en la que nos relacionamos, multiplicando y viralizando los efectos de nuestras manifestaciones hasta límites insospechados. También de las expresiones que buscan incitar al odio y a la violencia respecto a ciertos colectivos discriminados. En este sentido, todos los registros oficiales apuntan hacia una preocupante proliferación de contenidos violentos delictuales en redes sociales, que se ve facilitada por las dificultades que entraña la aplicación del art. 510.3 del Código Penal frente al derecho de libertad de expresión garantizado en el art. 20.1 de la Constitución Española. Entre las propuestas que abogan por la especialización en la persecución del ciberodio, los sistemas de filtrado o la autorregulación de las conductas, sin duda el Derecho está llamado a protagonizar un papel fundamental ante uno de los principales retos de la Era de las Nuevas Tecnologías.
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