Análisis de la utilidad del derecho de portabilidad de datos personales para la garantía del derecho a la salud, a la luz del Reglamento General de Protección de Datos en la Unión Europea y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión ...
DOI:
https://doi.org/10.5944/rduned.29.2022.34295Palabras clave:
derecho de portabilidad; derecho a la salud; expediente clínico; derecho de protección de datos personalesResumen
Con la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea del Reglamento General de Protección de Datos Personales (2016) y en el Diario Oficial de la Federación de la República Mexicana de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (2017), sobrevino la positivización del derecho a la portabilidad de datos personales, que ya encontraba antecedentes en el campo de las telecomunicaciones. Sin embargo, los elementos subjetivos y objetivos de este derecho y que afectan a la totalidad del ciclo de vida del dato personal, nos dan cuenta de las muchas limitaciones existentes para su ejercicio y garantía, cuestión que además encuentra detalles específicos dependiendo de la materia que se trate. En ese sentido, el presente pretende analizar si el ejercicio de este derecho, tal y como se encuentra previsto en las normas mencionadas que se encuentran vigentes, resulta beneficioso para los usuarios de los sistemas de salud o si, por el contrario, representa una carga.
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