El luto en los parlamentos autonómicos.
Normativa del Parlamento de Navarra.
DOI:
https://doi.org/10.5944/eeii.vol.9.n.16.2022.33959Palabras clave:
luto, parlamentos autonómicos, comunicación, ritos funerarios, ceremonialResumen
La muerte nos iguala a todos, pero los ritos funerarios que se desarrollan con posterioridad dependen del puesto ocupado por el fallecido en la sociedad o en el seno de cada organismo o institución. A ello no son ajenos los parlamentos autonómicos, que a lo largo de estos años han ido desarrollando normativas, usos o costumbres diferentes para afrontar la muerte de sus integrantes cuando esta acontece. Poco imaginan los cargos electos que el mismo día de su toma de posesión, un funcionario ya tiene previsto qué hacer en caso de óbito, porque las prisas son malas consejeras y se corre el riesgo de incurrir en desigualdades y agravios comparativos. Con este trabajo pretendo dar a conocer la labor realizada por los Servicios de Protocolo cuando se han enfrentado al luto en las siguientes ocasiones: fallecimiento de presidentes en ejercicio, expresidentes, expresidentes autonómicos, parlamentarios/as, exparlamentarios/as, o personal al servicio se las cámaras. La función de los Servicios de Protocolo de las cámaras legislativas no se caracteriza por el contacto con otros colegas autonómicos, por lo que creo oportuno contar con un estudio recopilatorio al que acudir en caso de duda o necesidad, el cual dedicará un apartado especial al quehacer del Parlamento de Navarra en esta materia.
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Derechos de autor 2022 Tomás MENA GARCÍA

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