Claves para la regulación positiva de la Justicia Restaurativa en España: Cuestiones a las que ha de dar respuesta el legislador
DOI:
https://doi.org/10.5944/rduned.29.2022.34298Palabras clave:
Justicia restaurativa, mediación penal, regulación legal, proceso penal, facilitadorResumen
Hoy la Justicia Restaurativa tiene amplio reconocimiento internacional, tanto en el derecho internacional universal como en el regional europeo. Sin embargo, y pese a la tendencia de países de nuestro entorno que han legislado sobre ella, la realidad es que en España solo hay algunas referencias normativas a la Justicia Restaurativa o a la mediación penal, no existiendo una regulación expresa sobre la materia. Frente a las propuestas normativas de modificación de la LECr realizadas en 2011 y 2013 o en el actual Anteproyecto de Ley de reforma de dicha Ley de noviembre de 2020 que se refiere a ella expresamente, lo cierto es que no se sigue la línea de la Recomendación de 2018 y no se regula de forma exhaustiva, incorporándola de forma real y efectiva a nuestro ordenamiento interno. Este trabajo pretende ofrecer una propuesta de regulación sobre la materia, teniendo en cuenta la experiencia teórico-práctica acumulada por los facilitadores españoles en materia de justicia restaurativa y mediación penal intrajudicial en distintos proyectos pilotos promovidos por el CGPJ, en juzgados y tribunales de todo el territorio nacional, y gracias a la iniciativa de alguna Comunidad Autónoma como la del País Vasco donde la justicia restaurativa es una realidad materializada a través de los Servicios de Justicia Restaurativa.
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