Reclamación de alimentos a favor de hijos mayores de edad y emancipados : revisión de su régimen jurídico, requisitos y extinción de la obligación legal
DOI:
https://doi.org/10.5944/rduned.12.2013.11689Palabras clave:
alimentos legales, mayoría de edad, procesos matrimoniales, child support payment, legal age, matrimonial trials,Resumen
El objeto del presente trabajo es analizar la prestación alimenticia a favor de los hijos mayores de edad o emancipados, prevista por el párrafo segundo del artículo 93 CC –según la redacción dada por Ley 11/1990, de 15 de octubre, sobre reforma del CC, en aplicación del principio de no discriminación por razón de sexo–. Reforma que ha pretendido dar una solución a la problemática suscitada por el régimen anterior, circunscrita a menores de edad. Este párrafo –que no ha supuesto una adaptación del CC al principio de no discriminación por razón de sexo-, introduce una norma de carácter procesal que permite en los procesos matrimoniales regular los alimentos de estos hijos de forma conjunta con las medidas complementarias derivadas de la situación de la crisis de pareja. Examinaremos los presupuestos exigidos para reclamar dichos alimentos, deteniéndonos en aquellos casos donde se mantiene la pensión por la concurrencia de los requisitos legales, teniendo en cuenta la doctrina jurisprudencial partidaria de establecer un límite temporal a su vigencia si concursan determinadas circunstancias. Adicionalmente nos detendremos en el artículo 146 CC y la cuantía de la obligación, teniendo presente que estará en función de las necesidades del hijo y de la proporción en que deberán contribuir los obligados a prestarla. Subrayaremos la novedad introducida el TS sobre quién ha de ser parte en los procesos matrimoniales, en virtud de la cual el único legitimado para reclamar la pensión en favor de los hijos mayores de edad es el progenitor conviviente. Finalmente, nos detendremos en alguno de los supuestos en que podría tener lugar la extinción de la obligación alimenticia establecida a favor de los hijos mayores de edad.
The aim of this essay is to analyze child support payments in favor of legal age and emancipated children, according to the provisions of Article 93, second paragraph of Civil Code –as worded in Law 11/1990 of October 15th, about Civil Code reform implementing non-discrimination because of sex principle–. This reform has tried to give a solution to the problematic issues caused by the previous legal regime, limited to minor children. This paragraph –that hasn’t adapted the Civil Code to non-discrimination because of sex principle–, introduces a procedural regulation that allow to fix child support payments jointly with complementary measures on matrimonial trials. We will study the demanding requirements to claim these payments, going deep in those cases in which the payment is maintained because of the combination of legal requirements, according to jurisprudence in favor of establish a time limit to its validity if certain circumstances occur. We also deepen on Article 146 Civil Code and the amount of payment, having in mind that this amount will be fixed depending on child needs and the proportion in which the liable parties must contribute. We will emphasize the change introduced by the Supreme Court about who has to be part of matrimonial trials, by virtue of which the sole authorized to claim the payment in favor of legal age children is the parent who live with them. Finally, we will consider some of the assumptions in which the expiry of legal age child support payments can occur.