Relación entre la restitución derivada de la nulidad contractual y el enriquecimiento injusto
DOI:
https://doi.org/10.5944/rduned.35.2025.45885Palabras clave:
enriquecimiento injusto, restitución, nulidad contractual, derecho bancarioResumen
Siendo el enriquecimiento injusto una figura jurídica no regulada, expresamente, en el Código Civil, conviene hacer un estudio sobre su aplicabilidad, sobre todo, a la luz de los ingentes asuntos de Derecho bancario, que sitúan al consumidor en una posición de vulnerabilidad y, en muchas ocasiones, de empobrecimiento frente a las entidades financieras. A pesar de que el artículo 1.303 del Código Civil supone un remedio para paliar los efectos de la nulidad contractual, no es menos cierto, que su aplicación no ha logrado instituir el principio de reparación del daño económico causado y es, en ese escenario, en el que se sitúa el enriquecimiento injusto. Sentencias como la del Tribunal Supremo, de 9 de mayo de 2013, evidencian la necesidad de dotar a la acción de enriquecimiento injusto de mayor autonomía –abandonando su subsidiariedad– y la urgencia de establecer una regulación específica, en nuestro ordenamiento.
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