Protección de datos de carácter personal relativos a la salud del paciente: fundamentos, protección a la intimidad y comentarios al nuevo Reglamento UE 2016/679
DOI:
https://doi.org/10.5944/rduned.19.2016.18462Palabras clave:
protección de datos, tratamiento de datos, datos relativos a salud, Reglamento UE 2016/679, data protection, data treatment, health data, Regulation EU 2016/679,Resumen
La protección de datos es una de las especialidades del derecho que más se ha extendido en las últimas dos décadas. La expansión de las tecnologías digitales a todos los ámbitos de la vida, así como la transversalidad de una materia como es la protección de datos personales, que afecta a casi cualquier operación que realizamos en nuestro día a día, ha generado la necesidad de garantizar la utilización respetuosa y, adecuada de estos datos, muy particularmente en el caso de datos tan sensibles y tan vinculados al derecho constitucional a la intimidad, como son los relativos a la salud. El ámbito sanitario supone una subespecialidad dentro de la protección de datos, no solo por la súper protección que dispensa la ley, sino también por las necesidades y obligaciones de naturaleza práctica que surgen en el desempeño de la profesión, exponiendo una delicada bifrontidad: de un lado nos encontramos con datos cuya naturaleza exige particular celo en su tratamiento, y del otro tenemos la necesidad de articular un ejercicio práctico de las profesiones sanitarias que permita proveer con efectividad el bien jurídico protegido, es decir, la salud, con la rapidez y calidad que las prestaciones asistenciales exigen para su correcta ejecución.
Data protection is one of the law specialties that has expanded the most over the last two decades. The development of digital technologies, reaching all areas of living, as well as the mainstreaming of a matter such as the protection of personal data, which affects almost any operation we do in our daily lives, has generated the need of guarantying the use of these data in a respectful, appropriate manner, and particularly in the case of such sensitive matters, so linked to the constitutional right to data privacy, as are those relating to individual’s health. The health field is a subspecialty within the data protection law, not only for the provided superprotection, but also for the needs and obligations that arise in the exercise of the profession, creating a frail twin compromise: on one side we find that health data are subject to a particularly tight treatment, while on the other there is a need to articulate a dynamic method for health professionals that allows them to provide a legal while prompt and quality performance in their assistances, which is required for a true deliver of their services.