Análisis jurídico, antecedentes y consecuencias de la Sentencia 177/2016, del Tribunal Constitucional, sobre prohibición de las corridas de toros en Cataluña

Autores/as

  • Anna Mulà

DOI:

https://doi.org/10.5944/rduned.22.2018.22285

Palabras clave:

Tribunal Constitucional, corridas de toros, protección de los animales, Constitutional Court, bullfights, protection of animals,

Resumen

La Ley 28/2010, de 3 de agosto, que prohibió corridas de toros en Catalunya, fue recurrida por el partido popular. Seis años después, el Tribunal Constitucional estimó el recurso mediante la Sentencia 177/2016, del Tribunal Constitucional, analizándolo desde la perspectiva competencial, pero en una clara contradicción e inconsistencia respecto a resoluciones anteriormente dictadas. Se han examinado los elementos de referencia que tomó en consideración el Tribunal para concluir que la previsión autonómica invadía y menoscabía el ejercicio de las competencias estatales en materia de cultura, tomando como foco de atención la tramitación y aprobación de la Ley 18/2013, de 12 de noviembre, para la regulación de la Tauromaquia como patrimonio cultural. La Sentencia sin embargo, reconoce la protección animal como un interés o derecho protegido contrapuesto a la tauromaquia, razón por la cual acaba admitiendo que las Comunidades Autónomas tiene potestades plenas para regular, y no prohibir, las corridas de toros en aras a garantizar la protección y el cuidado de los animales. A raíz de esta doctrina instaurada por dicha Sentencia, se ha realizado un análisis jurídico del alcance de la normativa vigente en materia taurina y protección de los animales a nivel estatal y autonómico, que concluye que dentro de los parámetros constitucionales y límites legales, las Comunidades Autónomas están legitimadas para regular dicho espectáculo incorporando aquellos condicionantes que tengan como finalidad la protección de los animales. Tal es el caso de la reciente Ley 9/2017, de 3 de agosto, de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales en las Iles Balears.

Act 28/2010, of August 3, which prohibited bullfights in Catalonia, was appealed by the popular party. Six years later, the Constitutional Court (Judgment 177/2016) upheld the appeal analysing it from a competence perspective, but in a clear contradiction and inconsistency with previous rulings. The reference elements that the Court took into consideration to conclude that the autonomic law invaded and impaired the exercise of state powers in the field of culture, are analysed, taking as focus of attention the processing and approval of Law 18/2013, of November 12, for the regulation of Bullfighting as cultural heritage. The judgment recognizes animal welfare as an interest or right protected opposed to bullfighting, admitting that the Autonomous Communities have full powers to regulate bullfights in order to ensure protection and care of the animals. As a result of the doctrine established by the Judgment, a legal analysis of the scope of the current legislation on bullfighting and protection of animals at the State and Autonomic level has been carried out, concluding that the autonomous community are within constitutional parameters and legal limits, entitled to regulate bullfighting incorporating those requirements which are designed to protect the bull. Such is the case of the recent Law 9/2017, of August 3, regulating bullfighting and animal protection in the Balearic Islands.

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Publicado

2018-07-09

Cómo citar

Mulà, A. (2018). Análisis jurídico, antecedentes y consecuencias de la Sentencia 177/2016, del Tribunal Constitucional, sobre prohibición de las corridas de toros en Cataluña. Revista de Derecho de la UNED (RDUNED), (22), 407–436. https://doi.org/10.5944/rduned.22.2018.22285

Número

Sección

Sección abierta