EL VALOR DE LO EMPÍRICO
DOI:
https://doi.org/10.5944/rdpc.29.2023.35645Resumen
Cuando la dogmática jurídico-penal elabora sus enunciados (propuestas, valoraciones, estructuras…), emplea un lenguaje normativo (o comprensivo), pero sobre la base de realidades empíricas, propias del lenguaje de carácter empírico (o explicativo). En este trabajo se abunda en las peculiaridades de ese lenguaje empírico o explicativo, basado en la causalidad, y empleado con funciones tanto descriptivas, como de medición y de conexión. Se examinan también las diversas relaciones, condicionamientos y riesgos que se dan entre ámbitos del saber: entre saberes comprensivos y explicativos, entre diversos saberes comprensivos, y entre los diversos grados de abstracción de cada uno de ellos. Así como no es posible ignorar los elementos empíricos, tampoco pueden emplearse como elementos de carácter comprensivo.
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