La atribución del uso de la vivienda en supuestos de guarda y custodia compartida: análisis de la doctrina jurisprudencial
DOI:
https://doi.org/10.5944/eeii.vol.6.n.10.2019.23228Palabras clave:
guarda y custodia compartida, vivienda familiar, shared custody, family house, child´s interestResumen
Procede afirmar que uno de los grandes caballos de batalla de la guarda y custodia compartida lo constituye la determinación de la atribución del uso de la vivienda familiar, si es que al fijarse un régimen de custodia compartida podemos continuar hablando de la existencia de vivienda familiar como tal. A pesar de que este tema se configura, como he dicho, como uno de los grandes caballos de batalla en los procedimientos judiciales sobre guarda y custodia compartida, la realidad es que en España carecemos de regulación legal expresa al respecto siendo el único punto de referencia, tal y como se determinó en la S.T.S. de 24 de octubre de 2014, el apartado 2 del artículo 96, el cual debe aplicarse por analogía a estos supuestos.
En este artículo se analiza pues la doctrina jurisprudencial en materia de atribución de la vivienda en dicho régimen de guarda y custodia.
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It is appropriate to affirm that one of the great workhorses of shared custody is the determination of the attribution of the family house, if, in establishing a shared custody regime, we can continue talking about the existence of a family house as such. Although this issue is configured, as I said, as one of the great workhorses in the judicial proceedings on guardianship and shared custody the reality is that in Spain we lack legal regulation expresses in this regard being the only point of reference, as determined in the STS of October 24, 2014, paragraph 2 of Article 96, which must be applied by analogy.
In this article we analyze the jurisprudential doctrine of the Supreme Court regarding the attribution of housing in said custody regime.
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