El principio de capacidad económica en los rendimientos de actividades económicas determinados con el método de estimación directa en el Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
DOI:
https://doi.org/10.5944/rduned.28.2021.32846Palabras clave:
principio de capacidad económica, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Actividades Económicas, método de estimación directa, gastos deduciblesResumen
Este trabajo plantea un análisis sobre el cumplimiento del principio de capacidad económica contemplado en el artículo 31.1 de la Constitución Española en el ámbito de los rendimientos netos de actividades económicas determinados con el método de estimación directa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Para ello, se ha efectuado un estudio del principio de capacidad económica tratando su fundamento, significado y contenido, considerando la jurisprudencia y la doctrina existente hasta el momento. La finalidad es demostrar las posibles lesiones que la normativa vigente y las resoluciones administrativas y judiciales pueden estar infringiendo al derecho de contribuir con arreglo a su capacidad económica de los contribuyentes de actividades económicas, cuyo rendimiento neto se determina con el método de estimación directa, en relación a la estimación de la deducibilidad de gastos de suministros y derivados de la utilización de uso de vehículo turismo.
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