Reflexiones sobre la libertad de testar y la stedh de 13 de julio de 2004

Autores/as

  • Fernando Carol Rosés

DOI:

https://doi.org/10.5944/rduned.12.2013.11691

Palabras clave:

sucesión testada, voluntad del testador, libertad de testar, Tribunal Europeo de Derechos Humanos, testate succession, will of the testator, freedom of testamentary disposition, European Court of Human Rights,

Resumen

La STEDH de 13 de julio de 2004 –dictada en un litigio que tiene su origen en una demanda presentada contra el Principado de Andorra– elude abordar de forma directa el hipotético conflicto entre libertad de testar y principio de igualdad y,en cambio, reelabora la voluntad del testador a la luz del Convenio Europeo de Derechos Humanos, lo cual supone un ataque a la esencia misma de la sucesión testada. Aunque con carácter de obiter dicta entiende que cualquier relación jurídica de Derecho privado deberá ser interpretada de conformidad con el Convenio, afirmación que cuestiona la propia autonomía privada. Si bien en España, como en otros muchos Estados miembros del Consejo de Europa, las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos no son directamente ejecutivas, sí es cierto que a la luz del artículo 10.2 de la Constitución Española tanto el principio de igualdad como los demás derechos fundamentales y libertades deberán ser interpretados de conformidad con los acuerdos internacionales ratificados por España, siendo ésta precisamente la vía que conduce a la efectividad de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, creando, en el caso que nos ocupa, una situación, cuanto menos, preocupante.

The ECHR Judgment of 13 July 2004 –dictated in a litigation that has his origin in a demand presented against the Principality of Andorra– eludes to approach of direct form the hypothetical conflict between freedom of testamentary disposition and beginning of equality, with the consequence that there re-elaborates the will of the testator in the light of the European Agreement of Human rights, which supposes an assault to the essence itself of the testate succession. Though with character of obiter dicta he understands that any juridical relation of private Law will have to be interpreted of conformity with the Agreement, affirmation that questions the own private autonomy. Though in Spain, since in other many members states of the Council of Europe, the judgments of the European Court of Human rights are not directly executive, yes it is true that in the light of the article 10.2 of the Spanish Constitution both the beginning of equality and other fundamental rights and freedoms will have to be interpreted of conformity with the international agreements ratified by Spain. Therefore, this one is precisely the route that he leads to the efficiency of the jurisprudence of the European Court of Human Rights, creating, in the case that occupies us, a situation worrying.

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Publicado

2013-01-01

Cómo citar

Carol Rosés, F. (2013). Reflexiones sobre la libertad de testar y la stedh de 13 de julio de 2004. Revista de Derecho de la UNED (RDUNED), (12). https://doi.org/10.5944/rduned.12.2013.11691

Número

Sección

Estudios