Carceleros y presos: la (re)construcción de los cuadros del personal de prisiones en la España de Franco (1936-1945)

Autores/as

  • Domingo Rodríguez Teijeiro Universidad de Vigo

DOI:

https://doi.org/10.5944/hdp.24.2014.40694

Palabras clave:

Franquismo, Represión, Prisión, Funcionarios, Presos

Resumen

En el presente trabajo se estudia el proceso de reconstrucción del cuerpo de funcionarios de prisiones durante la guerra y en la inmediata posguerra civil. Se presta especial atención a los requisitos exigidos para acceder a las plazas convocadas, que parecen privilegiar un tipo determinado
de experiencias personales durante la guerra que garanticen un trato distante con los reclusos. También se analiza el papel de las comunidades de religiosas desde un punto de vista administrativo. Finalmente, se estudia si esos criterios en la selección del personal tendrán repercusión en las condiciones de vida de los reclusos, a través del recurso a la memoria.

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El presente trabajo se enmarca en el proyecto de investigaciónHAR 2012-38659, La represión franquista sobre lasmujeres. Galicia, 1936-1953, dirigido por el prof. Jesús deJuana López.

El estudio de la depuración de funcionarios cuenta conuna amplia bibliografía –entre la que destaca la referida almagisterio–, también se han realizado estudios sobre diferentesadministraciones locales o provinciales y sobresu alcance en distintos ministerios o grupos profesionales.Una reciente visión de conjunto puede encontrarse enCUESTA BUSTILLO, Josefina, La depuración de funcionariosbajo la dictadura franquista (1936-1975), Madrid, FundaciónLargo Caballero, 2009. A la depuración de la justicia ha dedicadoMónica LANERO TÁBOAS, diferentes trabajos, p.ej., «La depuración de la Magistratura y el Ministerio Fiscalen el franquismo (1936-1944)», en Jueces para la Democracia.Información y Debate, n.º 65, julio 2009, pp. 39-57 y «Lapolítica de personal de la Administración de Justicia en ladictadura franquista (1936-1952)». En FERNÁNDEZ-CREHUET-LÓPEZ Federico y HESPANHA, Antonio Manuel,Franquismus und Salazarismus: Legitimation durch Diktatur?,Vittorio Klostermann, Frankfurt am Main, 2008, pp. 31-59;obre este mismo tema FERNÁNDEZ-CREHUET-LÓPEZFederico, Jueces bajo el franquismo. Once historias y una notasobre la depuración de los funcionarios judiciales, EditorialComares, Granada 2011. En cambio, son muy pocos lostrabajos que se han acercado a la depuración de los funcionariosde prisiones, algunos apuntes sobre esta cuestiónpueden encontrarse en el reciente trabajo de RobertDURO FONT, Guerra i exili d’un funcionari de presons. Elpreventori Judicial de Lleida-Solsona, 1937-1939, Lleida, PagesEditors, 2013; por su parte Fernando HERNÁNDEZHOLGADO ha estudiado con detalle la depuración delCuerpo Femenino de Prisiones creado durante la SegundaRepública, entre otros trabajos cabe citar «Carcelerasencarceladas. La depuración franquista de las funcionariasde prisiones se la Segunda República», en Cuadernos de HistoriaContemporánea, vol. 27, 2005, pp. 271-290.

Orden de la Comisión de Justicia de 3 de noviembre de1936, BOE de 5 de noviembre. Con esa misma fecha elInspector-Delegado da traslado de esta orden, a través decarta circular, a todos los Directores de Prisiones para «sumás pronto cumplimiento», vid. Archivo Histórico Provincialde Ourense (AHPOu). Fondo Prisión Provincial, Caja13.020.

Orden de la Presidencia de la Junta Técnica del Estado de22 de septiembre de 1937, BOE de 24 de septiembre. Quelas plazas sean interinas responde, entre otras cosas, a larevistahistoriapresente_24.indd 185 12/12/14 21:24186MISCELÁNEADomingo Rodríguez Tejeiro Historia del presente, 24 2014/22ªépoca, pp. 175-187 issn: 1579-8135normativa fijada a través de la orden de Presidencia de laJunta Técnica del Estado de 14 de enero de 1937, que suspendíatodo tipo de oposiciones y concursos para proveerplazas en propiedad en Organismos Oficiales y entidadesque tuvieran alguna relación con los Servicios Públicos.

Orden de la Dirección de Prisiones de 30 de septiembrede 1937, BOE de 1 de octubre.

Esto último queda claro en la documentación complementariaque deben aportar los candidatos: Certificación debuena conducta expedida por el Alcalde y cura párroco;informe de la Guardia Civil o Policía sobre sus actividadessociales o políticas; declaración jurada de no haber pertenecidoa ninguno de los partidos políticos del FrentePopular, ni a la masonería y de «ser afecto al glorioso MovimientoNacional»; finalmente, certificación de no tenerantecedentes penales.

Orden del Ministro de Justicia de 30 de abril de 1938, BOEde 7 de mayo.

Ministerio de Justicia, Orden de 16 de febrero de 1939.BOE de 22 de febrero.

No se señala si estas bajas se deben al proceso de depuraciónseguido con los funcionarios o, por el contrario, sonconsecuencia de la guerra.10 Ministerio de Justicia, Orden de 10 de abril de 1939. BOEde 15 de abril.

En el número de Redención correspondiente al 24 de juniode 1939 se insertaba una nota sobre el proceso dedepuración de funcionarios de prisiones que se estaba llevandoa cabo por el Juzgado depurador correspondiente,señalando los nombres de más de cincuenta funcionarios ysolicitando que si alguien «conoce algún hecho que afectea dichos funcionarios, tanto en sentido favorable como adverso» comparezca a declarar en dicho Juzgado, en plazode diez días a partir de la publicación de la nota.

Ministerio de Justicia, Orden de 16 de mayo de 1939, BOEde 20 de mayo.

Ministerio de Justicia, Orden de 16 de mayo de 1939, BOEde 20 de mayo.

Ministerio de Justicia, Orden de 28 de junio de 1939, BOEde 16 de julio.

Asignaturas que podrán seguir en las universidades del paísuna vez el Ministerio de Justicia obtuviera la correspondienteautorización del Ministerio de Educación para quese pudieran formalizar las matrículas.

Ministerio de Justicia, Orden de 28 de junio de 1939, BOEde 16 de julio.

Ministerio de Justicia, Orden de 15 de junio de 1939, BOEde 17 de junio. Estos concursos no se resolverán hastamediados de 1940 y solo parcialmente.

Jefatura del Estado, Ley de 12 de enero de 1940, BOE de14 de enero.

Ibídem. La cursiva es nuestra.

Jefatura del Estado, Ley de 26 de enero de 1940, BOE de26 de enero.

Ministerio de Justicia, Decreto de 26 de enero de 1940,BOE de 1 de febrero.

Ministerio de Justicia, Orden de 5 de abril de 1940, BOE de10 de abril. Quienes consiguiesen una de estas plazas pasaríana la situación de retirados en los cuerpos armados deprocedencia, considerados como «retirados forzosos» contodos los beneficios reconocidos a dicha situación.

Por orden de 18 de abril de 1940, BOE de 23 de abril, sehace pública la clasificación para cubrir las 1.000 plazas deOficiales del Cuerpo de Prisiones y en la orden de 14 demayo, BOE de 22 de mayo, se hace pública la clasificaciónpara cubrir las 100 plazas de Jefes de Servicios.

Ministerio de Justicia, Orden de 27 de marzo de 1940, BOEde 6 de abril. Se pretendía cubrir 39 plazas reservándose19 de ellas a los Subdirectores administradores, que se proveeríana través de concurso de méritos

.25 Ministerio de Justicia, Orden de 27 de marzo de 1940, BOEde 6 de abril. En este caso estaban vacantes once plazas,de las cuales cinco habrían de cubrirse por concurso deméritos entre Directores de Primera clase.

Ministerio de Justicia, Orden de 16 de agosto de 1940, BOEde 31 de agosto. Se convocaban 30 plazas de «en la Secciónfacultativa de Médicos del Cuerpo de Prisiones», con unhaber anual de 5.000 ptas.

Decreto de 27 de septiembre de 1940, BOE de 9 de octubre.

Ministerio de Justicia, Orden de 2 de noviembre de 1940,BOE de 15 de noviembre.

El 7 de diciembre se convocaba concurso para cubrir 105plazas vacantes de Guardianes en la Sección Femenina delCuerpo de Prisiones y el 9 del mismo mes se convocabael correspondiente concurso para cubrir 15 plazas de lacategoría de Oficiales en la escala Técnico-Auxiliar, puestoque no existían funcionarias con derecho suficiente a lasmismas, lo que nos da idea del nivel de depuración sufridopor este cuerpo que había sido creado durante la República.Ministerio de Justicia, BOE de 13 y 19 de diciembre de1940.

Redención, Órgano del Patronato para la Redención de las Penaspor el trabajo, 26 de julio de 1941, p. 2

.31 Ministerio de Justicia, Orden de 30 de agosto de 1938. BOEde 5 de septiembre. Se hace referencia específicamente ala Hijas de la Caridad, Mercedarias de la Caridad, Oblatasque tradicionalmente habían desempeñado sus labores enel entorno carcelario, aunque también otras comunidadesprestarán sus servicios en las prisiones.

Ministerio de Justicia, Orden de 31 de enero de 1941, BOEde 6 de febrero. Con esa misma fecha se publicaba en elBOE otra disposición que convertía a las Superioras de lascomunidades de religiosas en parte integrante de las JuntasAdministrativas de los Economatos.

Ministerio de Justicia, Orden de 22 de enero de 1943, BOEde 25 de enero.

Ministerio de Justicia, Orden de 6 de octubre de 1941,BOE de 1 de octubre. La redacción del breve preámbuloparece traslucir la resistencia de los funcionarios a cederatribuciones a la comunidades de religiosas, algo que nosería descabellado suponer teniendo en cuenta que las funcionesque aquellas pasan a desempeñar en las prisionessignifican que los funcionarios pierden el control sobre losfondos destinados a alimentación y sobre la gestión de loseconomatos que eran fuente de importantes beneficios.

Ministerio de Justicia, Orden de 24 de octubre de 1945,BOE de 1 de noviembre.

Ministerio de Justicia, Orden de 6 de septiembre de 1945,BOE de 10 de septiembre.

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LÓPEZ GARCÍA, Bernardo, En las cárceles de Franco no vi aDios, Barcelona, Ketres, 1992, p. 73.

RÍOS, Isabel, Testimonio de la Guerra Civil, Sada-A Coruña,Ediciós do Castro, 1986, p. 127.

Bernardo López García (En las cárceles de Franco... op. cit., p.73) señala la existencia de diferencias en el trato en funciónde la categoría profesional de los funcionarios, así, el Directordel Seminario de Orihuela, perteneciente a la escalaprofesional, «no rebosaba de odio contra todos nosotros,como ocurría con casi la inmensa mayoría de oficiales yguardianes».

ARESTE, Juan Antonio, «Madrid, 1939. La cárcel por dentro», Madrid, Historia Internacional, n.º 15 junio 1976, p. 73.

SAN JOSÉ, Diego, De cárcel en cárcel, Sada-A Coruña, Ediciósdo Castro, 1988, p. 230.

DÍAZ FERNÁNDEZ, Xerardo, A crueldade inútil, Sada-ACoruña, Ediciós do Castro, 1985, p. 67.

Ibídem.

En la prisión Central de Celanova los libros de Actas de laJunta de Disciplina dan cuenta de las preocupaciones de lasuperiora de la comunidad por mantener un nivel adecuadoen las cantidades y productos que componen el rancho,hasta el punto de enviar a una de las hermanas a comprardichos productos por diferentes pueblos de la comarca.A.H.P.Ou., Libro de Actas de la Junta de Disciplina, sesión ordinariade 10 de febrero de 1942, Fondo Prisión Provincial/Celanova, p. 150. Aunque aparece con menos frecuenciaen los libros de memorias, la presencia de las religiosastambién creará problemas psicológicos a los reclusos pues,como relata Bernardo López García (En las cárceles... op. cit.,p. 130) «dada la prolongada duración del encierro, éstos nopodían dejar de verlas como mujeres por debajo del hábitoque llevaban».

Testimonio de Fifí, miliciana, en ALCALDE, Carmen, Mujeresen el Franquismo: exiliadas, nacionalistas y opositoras, Barcelona,Flor del Viento, 1996, p. 45

.47 Ahí están para corroborarlo los múltiples testimoniosexistentes sobre la Prisión de Madres Lactantes de Madrid,p. ej. en VINYES RIBAS, Ricard, Irredentas. Las presas políticasy sus hijos en las cárceles franqustas, Madrid, Temas de Hoy,2002; VINYES RIBAS, Ricard, ARMENGOU, Montse y BELIS,Ricard, Los niños perdidos del Franquismo, Barcelona, Plaza yJanés, 2004, HERNÁNDEZ HOLGADO, Fernando, Mujeresencarceladas, La prisión de Ventas: de la República al Franquismo,Madrid, Marcial Pons, 2003. También diferentes librosde memorias, como los de Tomasa Cuevas o Juana Doña,por ejemplo.

Cit. MIR CURCÓ, Conxita, «El sino de los vencidos: la represiónfranquista en la Cataluña rural de posguerra», enCASANOVA, Julián. (coord.), Morir, matar, sobrevivir. La violenciaen la dictadura de Franco, Barcelona, Crítica, p. 149.

AHPOu, Fondo Prisión Provincial, Correspondencia con organismosoficiales, 1923-1942, Caja 12.999, escrito con fecha22 de abril de 1944.

Ibídem, escrito con fecha 26 de abril de 1944.

Vid. p. ej., PRADA RODRÍGUEZ, Julio, Franquismo y represiónde género en Galicia, Madrid, La Catarata, 2013.

Algo que se pone de manifiesto, por ejemplo, en la prisiónde Segovia, donde se concentrarán las presas políticas posteriores;sobre esta cuestión, ; VEGA SOMBRÍA, Santiagoy GARCÍA FUNES, J., «Lucha... op. cit. y VINYES RIBAS, Ricard,«Doblegar y transformar: la industria penitenciaria ysus encarceladas políticas. Tan solo un examen», en StudiaHistórica. Historia Contemporánea, n.º 29, 2011, pp. 35-54.

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Publicado

2014-12-01

Cómo citar

Rodríguez Teijeiro , D. . (2014). Carceleros y presos: la (re)construcción de los cuadros del personal de prisiones en la España de Franco (1936-1945). Historia del Presente, (24), 175–187. https://doi.org/10.5944/hdp.24.2014.40694