Estudios
HACIA UNA DEFINICIÓN LATINOAMERICANA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA. APROXIMACIÓN A LAS PREFERENCIAS CONCEPTUALES DE LOS UNIVERSITARIOS
TOWARDS A LATIN AMERICAN DEFINITION OF UNIVERSITY SOCIAL RESPONSIBILITY. APPROXIMATION TO THE CONCEPTUAL PREFERENCES OF UNIVERSITY STUDENTS
HACIA UNA DEFINICIÓN LATINOAMERICANA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA. APROXIMACIÓN A LAS PREFERENCIAS CONCEPTUALES DE LOS UNIVERSITARIOS
Educación XX1, vol. 22, núm. 1, pp. 93-116, 2019
Universidad Nacional de Educación a Distancia
Recepción: 04 Septiembre 2017
Aprobación: 02 Marzo 2018
Cómo referenciar este artículo / How to reference this article:
Vallaeys, F. y Álvarez Rodríguez, J.
(2019). Hacia una definición latinoamericana de responsabilidad social universitaria.
Aproximación a las
preferencias conceptuales de los universitarios. Educación XX1,
22(1),
93-116, doi: 10.5944/educXX1.19442
Vallaeys, F. & Álvarez Rodríguez, J.
(2019). Hacia una definición latinoamericana de responsabilidad social universitaria.
Aproximación a las
preferencias conceptuales de los universitarios. [Towards a latin american definition of
university
social responsibility. Approximation to the conceptual preferences of university students].
Educación XX1, 22(1), 93-116, doi: 10.5944/educXX1.19442
Resumen: La Responsabilidad Social Universitaria (RSU) es una nueva política de gestión universitaria que redefine la tradicional extensión y proyección social solidaria, introduciendo un enfoque global de cuidado de los impactos administrativos y académicos en todos los procesos de la universidad. La RSU exige ser asumida por todos los miembros de la universidad transversalmente en sus actividades, siendo imprescindible que ellos entiendan de qué se trata y estén dispuestos a la corresponsabilidad en sus funciones laborales rutinarias. Este estudio empieza a responder a la pregunta: ¿Qué tanto los universitarios latinoamericanos han avanzado en la comprensión de este nuevo paradigma? La investigación es de tipo exploratorio-descriptivo con enfoque cuantitativo a través de una encuesta aplicada a una muestra de 740 actores universitarios (alumnos, profesores, administrativos y directivos) de 17 universidades en siete países de Latinoamérica donde se analiza cómo los actores universitarios conciben la RSU, seleccionando una de cinco definiciones propuestas. Los resultados marcan varias tendencias: primero, el enfoque estrictamente asistencial ha disminuido de la mente de los universitarios; segundo, las preferencias apuntan a la perspectiva de participación en el desarrollo local, regional y nacional junto con otros actores del entorno y al enfoque de la guía ISO 26000, que define la responsabilidad social como gestión de los impactos organizacionales. Se concluye que este concepto de gestión de impactos ha empezado a penetrar en la mente de la comunidad universitaria, y que se está superando la visión reductora del compromiso social universitario asumido solamente desde la extensión voluntaria, fuera de la formación curricular y la investigación. Esto autoriza a construir una definición latinoamericana de RSU basada en la participación en el desarrollo territorial y la gestión de impactos administrativos y académicos.
Palabras clave: Responsabilidad Social, Responsabilidad Social Universitaria, Universidad latinoamericana, Política educativa, Desarrollo sostenible, Comunidad universitaria.
Abstract: University Social Responsibility (USR) is a new university management policy that redefines the traditional scope and projection of social solidarity, introducing a global care approach for both administrative and academic impact in all university processes. USR demands to be transversely included by all university members in their everyday activities, it is imperative for them to understand what it is about so they are willing to become co-responsible in their day to day activities. This study begins to respond to the question: To what extent has the Latin American university community understood this new paradigm? This is an exploratory - descriptive type research with a quantitative approach making use of the survey technique which was administered to a sample of 740 participants (students, faculty, office personnel and principals) from 17 universities in seven Latin American countries; in order to grasp how university actors conceive USR, by selecting one of five given definitions. Results indicate several tendencies: first, the strictly assistance approach has diminished among the university community; secondly, preferences point directly to the participation perspective in local, regional and national development alongside with other actors and an approach derived from the ISO 26000 standard, which defines Social Responsibility as a management procedure of the organizational impact. It is concluded that this concept of impact management has already been introduced to the mind of the university community and it is overcoming the reductive vision of the social commitment only assumed from the voluntary engagement perspective, left aside from the academic and research curricula. Therefore, it is an invitation to construct a Latin American definition of USR based on the participation of territorial development and the management of administrative and academic impact.
Keywords: Social Responsibility, University Social Responsibility, Latin American University, Politics of Education, Sustainable Development, School Community Relationship.
INTRODUCCIÓN
El rol social de la universidad latinoamericana ha sido siempre objeto de muchos debates y tensiones (Castañeda, Ruiz, Viloria, Castañeda, y Quevedo 2007; Boyle, 2004; Morles, 2004) y la época actual no escapa a la discusión. La masificación de la educación superior en Latinoamérica enfrenta una mercantilización del mundo universitario y un proceso de internacionalización de la calidad sometida a clasificaciones e indicadores de acreditación definidos desde Norteamérica y Europa, en contextos sociales y económicos diferentes. La tradicional extensión y proyección social solidaria latinoamericana, como modelo de participación social de las universidades, se ha visto desde luego trastornada (Lanz, 2003; Pérez, 2000), y ha aparecido en los inicios del siglo la corriente de la Responsabilidad Social Universitaria (RSU) como intento de redefinir la función social universitaria ante los desafíos éticos de la globalización (Universidad Construye País, 2006; Vallaeys y Carrizo, 2006; Asociación de Universidades Confiadas a la Compañía de Jesús en América Latina [AUSJAL], 2009).
Más allá de las sospechas ideológicas que la RSU puede generar en la academia, siendo un modelo de gestión históricamente proveniente del ámbito empresarial (Gaete, 2008; Martí, Martí-Villar y Almerich, 2013), la responsabilidad social tiene que ser vivida por todos los actores internos de una organización, por ser transversal a todas sus actividades. Así, es imprescindible que los distintos actores entiendan de qué se trata y estén dispuestos a la corresponsabilidad en las diversas rutinas de sus funciones laborales diarias (International Organization for Standardization [ISO], 2010). Tal consenso no es obvio, provoca dificultades específicas de capacitación y entendimiento al momento de poner en práctica un plan estratégico de responsabilidad social. Después de una década y media de introducción del modelo de la RSU en América Latina ¿qué tanto los diversos actores universitarios han avanzado en la comprensión y apropiación de la RSU? Las políticas públicas de educación superior latinoamericanas empiezan a contemplar la RSU (Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior [ANUIES], 2016; Ley Universitaria Peruana No. 30220, 2014) y los académicos norteamericanos ahora subrayan la pertinencia de la RSU latinoamericana (Appe, Rubaii, Líppez-De Castro y Capobianco, 2017). Pero ¿cómo los mismos universitarios latinoamericanos la conciben? Este estudio es un primer paso hacia la respuesta a esta pregunta, sin pretensión de exhaustividad ni validez estadística, puesto que concierne solo una pequeña muestra de 17 universidades participantes en seminario de RSU e Innovación social.
Antes de presentar los resultados, es menester recordar los antecedentes de la noción de responsabilidad social organizacional en general, y de la RSU en particular, tantas veces confundida con la extensión y proyección social, como tercera función sustantiva de la universidad.
Definición de la Responsabilidad Social de las Organizaciones según la Guía ISO 26000: responsabilidad por impactos
Después de muchos años de discusión entre más de 90 países y todos los actores sociales públicos y privados, con o sin fines de lucro, la Organización Internacional de Estandarización (ISO) concibió una «norma fuera de norma» (Capron, Quairel-Lanoizelée y Turcotte, 2010). La ISO 26000 (2010), una guía normativa de responsabilidad social, cuyo gran mérito es de haber logrado un amplio consenso entre el máximo de interlocutores posibles, para poder definir la responsabilidad social y su modo de gestión. Esta define la responsabilidad social de las organizaciones como:
Responsabilidad de una organización ante los impactos que sus decisiones y actividades1 ocasionan en la sociedad y el medio ambiente mediante un comportamiento ético y transparente que: (1) contribuya al desarrollo sostenible, incluyendo la salud y el bienestar de la sociedad; (2) tome en consideración las expectativas de sus partes interesadas; (3) cumpla con la legislación aplicable y sea coherente con la normativa internacional de comportamiento; y (4) esté integrada en toda la organización y se lleve a la práctica en sus relaciones. (p. 4)2
Esta definición consensuada merece ser cuidadosamente analizada:
Primero, la responsabilidad social concierne a todas las organizaciones, en cuanto ellas tienen impactos en la sociedad y el medio ambiente, y deben de contribuir a un desarrollo social y ambiental sostenible. Por lo tanto, no se debería tratar de un asunto estrictamente empresarial, al tener como propósito final un bien común en el cual participan todos los actores sociales desde sus respectivos objetivos y quehacer institucional.
Segundo, la responsabilidad social es responsabilidad por los impactos de la organización, lo que no significa solamente lo que ella hace adrede, sino también lo que ella provoca sin querer, sus efectos colaterales, sus consecuencias ocultas, dentro de su «esfera de influencia». Por lo que la responsabilidad de una organización, al volverse «social», se extiende más allá de su fuero interno: le exige contribuir a un buen desarrollo en su entorno, tener impactos positivos, y además vigilar sus efectos negativos, no tener impactos negativos, tanto en sus propias actividades como en su cadena de proveedores. La buena acción hacia fuera, sin el cuidado de la buena organización hacia dentro, no es socialmente responsable, y viceversa. Al volverse social, la responsabilidad organizacional por impactos hace estallar la reducción jurídica a la mera imputabilidad por actos (Martin-Chenut y De Quenaudon, 2016).
Tercero, la finalidad de la responsabilidad social es el desarrollo sostenible, tanto social como ambiental, de la sociedad. No es solamente una responsabilidad reactiva (no causar daño, portarse bien), sino proactiva (participar, innovar, mejorar). La participación en el bien común es un deber de la responsabilidad social.
Cuarto, la organización debe tomar en cuenta las expectativas de sus partes interesadas, pero dentro del objetivo final del desarrollo sostenible, por lo que se deberá distinguir entre las expectativas legítimas, buenas para toda la sociedad, y las expectativas egoístas de ciertos grupos de interés, que no son legítimas por no aportar nada al bien común, o incluso oponerse a él. La misma Guía ISO 26000 diferencia nítidamente las demandas sociales universales y los intereses particulares de los grupos de interés.
Quinto, la responsabilidad social se relaciona con la legalidad. La organización deberá no solo seguir la ley del Estado en que opera, sino además la «normativa internacional de comportamiento», es decir los principios de conducta que los grandes acuerdos, cartas magnas y declaraciones que los organismos internacionales promueven (Organización Internacional del Trabajo [OIT], Organización de las Naciones Unidas [ONU], Organización Mundial de la Salud [OMS], etc.). Así, nadie debería contornar las exigencias ético-jurídicas universales, operando en países o zonas de poca o ninguna ley. La responsabilidad social rehúsa prácticas de dumping legal y participa del movimiento de la cosmopolitización de las normas de comportamiento (Beck, 2002) y la creación de una comunidad mundial de valores (Delmas-Marty, 2011).
Sexto, la responsabilidad social no es un capítulo aparte del trabajo de la organización, sino que debe de aplicarse en toda su estructura, procesos y actividades, así como en sus relaciones en su esfera de influencia. Por lo tanto, no puede tratarse de una actividad generosa al lado del propósito central de la organización, un acto de filantropía aparte del core business. Tiene que ser imbuida en toda la organización. Así, la figura de la Fundación caritativa fuera del negocio de la empresa, o la figura del departamento de proyección social solidaria fuera de la formación e investigación universitaria, no son estrategias socialmente responsables. La misma definición de la responsabilidad social impide, pues, que se confunda con el lavado de cara (fairwashing, greenwashing), y es organizacionalmente más exigente que una mera «solidaridad altruista».
Gracias a la ISO 26000, la responsabilidad social (RS) está ahora bien definida: (1) Su contenido es la gestión de los impactos (directos e indirectos) de la organización, tanto hacia dentro como hacia fuera de sí misma; (2) Su fin es el desarrollo humano y la sostenibilidad social y ambiental de la comunidad humana; (3) Su medio es la participación de todas las partes interesadas que pueden influir en el desarrollo sostenible, conforme a las leyes y normas internacionales de comportamiento.
Desde la responsabilidad social organizacional hasta la responsabilidad social universitaria: recorridos latinoamericanos
Sin embargo, la norma ISO 26000, aunque puede orientar e inspirar la definición de la RSU, no puede servir sin más de modelo a aplicar en las universidades, puesto que, en el detalle, la definición que aporta sigue siendo muy general y ligada a la referencia empresarial. Se necesita una definición específica de RSU, que tome en cuenta las características genuinas de la universidad, entidad dedicada principalmente a la construcción y transmisión de saberes humanísticos y científicos, y que no puede nunca ser reducida a una mera empresa de «servicios educativos» para «clientes» estudiantes (Reed, 2004; Dupas, 2005; Días, 2008; Vallaeys, 2008).
Es necesario construir una definición más precisa que pueda encausar la conservación, producción y transmisión del conocimiento científico, la experticia profesional y el pensamiento crítico, hacia la pertinencia social. La universidad cumple con una función social muy específica que obliga a pensar, vigilar y mejorar impactos absolutamente desconocidos en el mundo empresarial y las teorías de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE): los impactos cognitivos (¿cómo impacta en el mundo lo que pensamos, nuestros paradigmas racionales, nuestros axiomas y prejuicios epistemológicos?) y los impactos educativos (¿cómo la gente que formamos se relaciona con el mundo? ¿qué hacen, qué prefieren, qué eligen, cómo deciden? ¿cuáles son sus impactos en la sociedad y el medioambiente?). La RSU no puede escapar al interrogante epistemológico de sus impactos, es decir a la posición crítica frente a sus definiciones de la legitimidad social del conocimiento que produce y transmite (Foucault, 1966; 1969).
Por lo tanto, sin descartar los aportes de la RSE, so pretexto que las universidades no son empresas, sin borrar todo lo que ha significado durante las últimas décadas los esfuerzos de las ciencias de gestión para construir herramientas de vigilancia de las actividades e impactos organizacionales en pro de un desarrollo humano y sostenible, necesitamos una definición de RSU que sea realmente útil y adaptada al quehacer académico.
Tal trabajo de redefinición y apropiación de la responsabilidad social por parte de las universidades latinoamericanas empezó durante la primera década del presente siglo (Martí, et al, 2013). La RSU latinoamericana se construyó a principios de los años 2000 con los esfuerzos teóricos y prácticos de la red chilena «Universidad Construye País» y la red latinoamericana de universidades animada por la «Iniciativa Interamericana de Ética, Capital Social y Desarrollo», promovida por el gobierno noruego en el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Aunque ambas iniciativas hayan desaparecido hoy, han ido, a través de diálogos académicos, construyendo un concepto de universidad socialmente responsable que ha dejado huellas. La red Universidad Construye País definió así la RSU:
Entendemos por responsabilidad social universitaria la capacidad que tiene la universidad de difundir y poner en práctica un conjunto de principios y valores generales y específicos, por medio de cuatro procesos claves: Gestión, docencia, investigación y extensión. Así asume su responsabilidad social ante la propia comunidad universitaria y el país donde está inserta. (Jiménez, 2002, p. 96)
Esta dimensión integral de la RSU, como política aplicable desde el ejercicio de las tres funciones sustantivas (formación, investigación, extensión) y además desde la gestión administrativa, se reencuentra en la definición promovida por la Iniciativa de Ética, Capital Social y Desarrollo del BID:
Es una política de gestión de la calidad ética de la universidad que busca alinear sus cuatro procesos (gestión, docencia, investigación y extensión) con la misión universitaria, sus valores y compromiso social, mediante el logro de la congruencia institucional, la transparencia y la participación dialógica de toda la comunidad universitaria (autoridades, estudiantes, docentes, administrativos) con los múltiples actores sociales interesados en el buen desempeño universitarios y necesitados de él, para la transformación efectiva de la sociedad hacia la solución de sus problemas de exclusión, inequidad y sostenibilidad. (Vallaeys, 2006, p. 5)
Paralelamente, la AUSJAL empezó en 2006 a construir su propio concepto de RSU en base a una red de homólogos que integra las diversas universidades jesuitas del continente. AUSJAL define la RSU como:
La habilidad y efectividad de la universidad para responder a las necesidades de transformación de la sociedad donde está inmersa, mediante el ejercicio de sus funciones sustantivas: docencia, investigación, extensión y gestión interna. Estas funciones deben estar animadas por la búsqueda de la promoción de la justicia, la solidaridad y la equidad social, mediante la construcción de respuestas exitosas para atender los retos que implica promover el desarrollo humano sustentable. (AUSJAL, 2009, p. 15)
La característica común a estas tres definiciones se encuentra en la atención nueva que se le da a la dimensión de la gestión administrativa de la universidad. Desde tres horizontes latinoamericanos diferentes, se deja de focalizar únicamente en las «tres funciones sustantivas» de la universidad para empezar a hablar de los cuatro procesos: gestión, formación, investigación extensión. El cambio de enfoque que aporta la RSU reside en este nuevo punto de partida integral que abarca tanto la dimensión administrativa como la académica. En consecuencia, la responsabilidad que debe de asumir la universidad no se origina en el cumplimiento de una función específica (la de su «extensión» hacia la sociedad), sino en el ejercicio de todas sus actividades diarias, incluidas las actividades de extensión.
Esto significa que la responsabilidad social de la universidad concierne tanto a las rutinas administrativas (compras, gobierno, planificación, prestación de servicios, matrícula, marketing, selección de personal, etc.) como las dimensiones académicas de formación e investigación. La misma actividad de extensión y proyección social no escapa al riesgo de ser llevada a cabo en forma socialmente irresponsable (como asistencialismo, por ejemplo). Tal cambio de enfoque y atención integral y transversal constituye la verdadera novedad de la RSU frente a la extensión solidaria, cual sea la profundidad y la radicalidad crítica que se pueda dar a esa última (Tommasino y Cano, 2016). En efecto, solo desde un enfoque de RSU se puede entender, articular y promover el nexo entre programas sociales hacia fuera y gestión ambiental hacia dentro, por ejemplo. Con este cuidado integral del compromiso social en todo el quehacer universitario, el paradigma de la RSU es un buen candidato para reformular el rol social de la universidad latinoamericana en el siglo XXI, a cien años de la Reforma de Córdoba, e incluso interesar los universitarios de otros lares. (Appe et al, 2017)
Después de este breve recorrido histórico y conceptual, presentamos la encuesta diseñada para analizar qué tanto los diversos actores universitarios (estudiantes, administrativos, docentes y autoridades) han podido comprender y asumir este nuevo enfoque de RSU, recogiendo opiniones en 17 universidades latinoamericanas.
MÉTODO
El estudio se realizó del 19 de agosto al 25 de noviembre de 2015 en el marco del «Seminario latinoamericano de innovación social y gestión universitaria: hacia una nueva responsabilidad social universitaria», organizado por la Dirección de Innovación social de la CAF Banco de Desarrollo de América Latina y el Observatorio Mexicano de Responsabilidad Social Universitaria (OMERSU), con el auspicio de la Unión de Universidades de América Latina y el Caribe (UDUAL). Su objetivo fue generar un espacio para la revisión crítica del concepto y la práctica del compromiso social universitario en Latinoamérica. Este permitió vincular a responsables de la gestión universitaria entre siete países del subcontinente y difundir herramientas de gestión de la RSU tendientes a vigorizar la integración de la docencia, la investigación y la extensión. Participaron 17 universidades: cinco mexicanas, cinco colombianas, tres chilenas, una argentina, una boliviana, una peruana y una costarricense3. Se aprovechó este inusual encuentro virtual para realizar entre las instituciones participantes un sondeo a las diferentes comunidades universitarias a fin de conocer lo que los actores universitarios piensan de la RSU, cómo la conciben y cuáles son los términos que prefieren para definirla.
Es una investigación de tipo exploratorio y descriptivo, con la finalidad de realizar un sondeo a los actores internos (profesores, estudiantes, administrativos y directivos) en 17 universidades pertenecientes a ocho países de América Latina sobre su concepción de la Responsabilidad Social Universitaria. Escogidas en un seminario académico virtual, la muestra no es representativa del universo institucional de educación superior latinoamericano; ni los actores internos entrevistados en cada entidad han sido seleccionados según criterios de representatividad estadística. Se trata de una muestra auto-administrada por cada participante del seminario en su misma universidad, por lo que los resultados deben interpretarse como una primera fotografía de las preferencias conceptuales de un grupo de universitarios latinoamericanos.
Se utilizó la estadística descriptiva a través del procesamiento de los datos en el software SPSS, donde se obtuvieron tablas cruzadas para conocer los análisis de frecuencia, las cuales fueron graficadas.
A fin de poder aplicar el instrumento a todos los tipos de públicos de la universidad, se decidió crear en forma ad hoc cinco definiciones de RSU, y pedirle a cada persona interrogada elegir la definición que más prefería. Las cinco definiciones tenían que ser todas igualmente posibles y atractivas, correspondiendo a formulaciones que se suelen escuchar por parte de los universitarios cuando hablan de RSU en eventos académicos o de modo informal en el campus. Así, la selección preferente de una definición no significa necesariamente un rechazo de las demás por parte de la persona entrevistada, sino lo que le parece definir mejor lo que se debería entender por RSU, la definición con la que más se siente identificada.
Las definiciones propuestas tenían que ser nítidamente diferenciadas, para que permitan decidir cuál es la orientación preferente de los diversos actores universitarios. Los enfoques diferenciadores del universo conceptual de la RSU fueron seleccionados en torno a cinco conceptos clave: solidaridad con vulnerables, gestión de impactos, participación de grupos de interés, políticas de desarrollo, excelencia en clasificación.
La solidaridad refiere a un enfoque ético de ayuda altruista a personas o grupos vulnerables, evoca la tradicional filantropía. La gestión de impactos corresponde a la definición técnica de la responsabilidad social, como lo hemos visto, tal como los estándares internacionales la evocan. La participación resalta la importancia del diálogo entre las partes interesadas y los procesos democráticos de reconocimiento y toma de decisión consensuada. El desarrollo apunta a la meta de la responsabilidad social, la transformación social hacia mayor justicia y sostenibilidad. Y la excelencia se centra en la calidad del desempeño de la organización responsable, su capacidad de ser ejemplar y modelo para las demás. Todos estos enfoques son aristas del universo conceptual y discursivo de la responsabilidad social, acentos que permiten a cada definición diferenciarse de las demás conservando coherencia y racionalidad al momento de optar por una más que otra.
En base a dicha selección conceptual, se formularon las siguientes cinco definiciones de la RSU, que fueron propuestas a los miembros de la comunidad universitaria de cada institución participante del Seminario:
De este modo, se buscó comprobar si una o varias definiciones atraían más a los miembros de la comunidad universitaria de las instituciones analizadas, y si la concepción dominante de la RSU se inclinaba más hacia (1) la filantropía, (2) la gestión de impactos, (3) la participación de los grupos de interés, (4) el desarrollo humano sostenible, (5) la excelencia en los rankings internacionales.
Los resultados de la encuesta fueron capturados en el software estadístico SPSS 24 identificando las variables: universidad a la que pertenecen, tipo de institución, país, tipo de actor y concepto con el que se identificaron, con las cuales se realizó un análisis de frecuencias y tablas cruzadas que se graficaron para determinar el grado de identificación de los actores con los conceptos en las diferentes universidades, países y tipo de institución.
RESULTADOS
De los 740 actores, el 37% (274) son alumnos, el 25.3% (187) profesores, 27% (200) administrativos y el 10.7% (79) directivos (Figura 1).
De esas 740 encuestas realizadas, el 40.3% fueron en cinco universidades de México; el 27.4% en cinco universidades de Colombia; el 11.6% en tres universidades de Chile; el 6.3% en una universidad de Bolivia; el 5.4% en una universidad de Costa Rica; el 4.7% en una universidad de Argentina y el 4.3% en una universidad de Perú (Figura 2).
De las 17 universidades que participaron en la encuesta, el 60% son públicas y 40% privadas, pero contrariamente a lo que uno podría pensar, esta variable no influyó en las preferencias de concepción de RSU. El estudio demostró la independencia del tipo de institución (publica/privada) y la selección del concepto de RSU con la prueba de U de Mann Whitney. Como puede observarse en la Tabla 1, el nivel de significancia es de 0.199 afirmando que el tipo de institución no tiene efecto sobre la elección del concepto de RSU.
La Tabla 2 resume la elección general de los conceptos de RSU por parte de los actores en cada país participante.
Vamos ahora a analizar detalladamente estos resultados, de tal modo que permitan avanzar hacia una definición consensual de la RSU en América Latina. Lo primero que se destaca es la preferencia general por la definición ligada a la participación en políticas de desarrollo (concepto 4). Sin contemplar el tipo de actor, si englobamos las preferencias de los 740 participantes, se aprecia que los conceptos preferidos por los participantes en Latinoamérica son el 4 y 2, y en tercer lugar el concepto 3, seguido del 5 (Figura 3).
Al realizar un análisis de tablas cruzadas de las variables tipo de actor y concepto seleccionado, y graficarlo (Figura 4) se observa que los alumnos (34.31%), profesores (47.59%) y directivos (43.04%) han seleccionado en su mayoría el concepto relativo a las políticas de desarrollo (concepto 4), mientras que los administrativos (42.50%) han preferido en su mayoría el concepto relativo a la gestión de impactos sociales y ambientales (concepto 2).
Al analizar las tablas cruzadas de las variables país y concepto seleccionado y graficarlo (Figura 5), se observa que en México (30.87%) han seleccionado mayoritariamente el concepto relacionado con los impactos sociales y ambientales (concepto 2); mientras que en los demás países los actores universitarios entrevistados han concebido la RSU preferentemente como la participación de la universidad en políticas de desarrollo (concepto 4): Colombia (41.86%), Chile (50.74%), Costa Rica (55%), Argentina (34.29%), Perú (46.88%) y Bolivia (41.30%).
Pero si las variables tipo de actor universitario y país son relevantes, la variable universidad pública o privada no demostró ninguna diferencia en las preferencias conceptuales de sus miembros.
En total, cinco universidades optan primero por la definición RSU de gestión de impactos (Concepto 2), mientras que en las demás universidades en el que la temática de la RSU es más novedosa, el enfoque de la «participación en el desarrollo» (concepto 4), que corresponde más a la comprensión tradicional de la tercera función universitaria de la extensión y vinculación con el medio, sigue influenciando las preferencias de la mayoría de las personas. Ambos, conceptos 2 y 4 aparecen como las dos definiciones preferidas en 11 de las 17 universidades estudiadas, cuatro universidades optan en segunda posición por la definición RSU centrada en la participación de los grupos de interés (Concepto 3) y dos por la definición centrada en la excelencia en las clasificaciones internacionales (Concepto 5).
Esta relativa disparidad aumenta cuando se estudian las preferencias de definición RSU en cada universidad por separado. Aparece que las universidades que más han trabajado el tema con su comunidad interna se inclinan mayoritariamente hacia la definición cardinal de gestión de impactos (Concepto 2). Es el caso de casi todas las universidades mexicanas, que han sido beneficiadas con los aportes del Observatorio Mexicano de RSU (OMERSU) y las nuevas directivas de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior mexicana (ANUIES) a favor de la promoción de la RSU (Pérez y Vallaeys, 2016). También es el caso de la Universidad de Santiago de Chile que trabaja fuertemente la RSU desde hace muchos años y publica regularmente una alerta institucional sobre el tema4.
En ningún caso la primera definición centrada en la solidaridad con los más necesitados aparece dentro de las dos definiciones preferidas.
DISCUSIÓN
Hacia la consolidación de un enfoque latinoamericano de RSU centrado en el desarrollo y la gestión de impactos
Como primer acercamiento exploratorio a las preferencias de definición RSU de los actores universitarios latinoamericanos, los resultados del presente estudio no dejan de ser muy reveladores de cierta tendencia en la evolución de la problemática del vínculo social de la universidad en el continente. Aunque no tengan valor estadístico general, varios resultados aparecen nítidamente entre las 740 personas sondeadas:
Primero, es sorprendente ver cómo la definición de RSU centrada en la filantropía está sistemáticamente descartada. El desplazamiento conceptual desde las prácticas asistencialistas de ayuda por parte de estudiantes voluntarios hacia la participación de toda la universidad en el desarrollo humano justo y sostenible, gracias al ejercicio de su misión académica (formación e investigación), marca una maduración notable del concepto de Extensión y de la tercera función universitaria, acorde con los defensores de una Extensión «crítica» extendida más allá del voluntariado hacia las funciones sustantivas de formación profesional e investigación con pertinencia social (Tommasino y Cano, 2016). En ese sentido, hay concordancia entre los promotores de una Extensión con pertinencia social y el modelo de la RSU: debemos pensar la intervención social universitaria desde la pericia profesional y la construcción de conocimientos, y no como una actividad marginal extra-curricular, a fin de superar el enfoque asistencialista o paternalista.
Segundo, el enfoque competitivo de excelencia universitaria sin referencia a un compromiso social, también está rechazado. Esto puede ser interpretado en sentido que la RSU no se confunde más con la RSE y su tendencia a servir ante todo intereses de imagen corporativa. Desde la filosofía de la RSU, la calidad académica debe significar también y ante todo la pertinencia social y ambiental de los aprendizajes y conocimientos. En relación con este punto, será preciso orientar la agenda de las políticas universitarias latinoamericanas hacia criterios genuinos de «acreditación social» y no solo fiscalizar la calidad del servicio de educación superior desde indicadores social y ambientalmente neutros. La RSU puede servir de referencia para superar la enajenación de la definición de calidad universitaria latinoamericana, actualmente en manos de agencias que definen sus indicadores y buenas prácticas desde la realidad académica del hemisferio norte (Instituto Internacional de la UNESCO para la Educación Superior en América Latina y el Caribe [IESALC] 2006).
Tercero, los tres enfoques preferidos cubren adecuadamente el significado general de la responsabilidad social tal como lo presenta la guía ISO 26000: gestión de los impactos de la organización; atención y participación de las partes interesadas y afectadas; promoción de un desarrollo humano sostenible de la sociedad. Esto puede ser interpretado en términos de madurez y compenetración del modelo de la gestión socialmente responsable en la comunidad universitaria. Los universitarios empiezan a reconocer que sus rutinas dentro de la institución tienen impactos que no siempre son deseables y necesitan orientar la gestión organizacional según criterios éticos sociales y ambientales para la toma de decisión. Entienden mejor que la participación de todos para la mejora continua es más valiosa que la queja, indiferencia y victimización. Quieren que su universidad sea también agente de desarrollo en su esfera de influencia. Es el sentido del artículo 124 de la nueva Ley universitaria peruana N.º 30220 que define explícitamente la RSU en términos de gestión de impactos. Si logra generalizarse esta definición autocrítica y dinámica de la RSU como incentivo permanente a la vigilancia participativa en la gestión interna, así como compromiso social y ambiental en la vinculación con el medio, podremos considerar que el auge del modelo de gestión universitaria basado en la RSU significa un avance para la universidad latinoamericana. Si, al contrario, gana una reducción de la RSU a los premios de responsabilidad social empresarial, con fines de autosatisfacción institucional («condecoración de la universidad socialmente responsable»), tendremos nuevamente que criticar el autoengaño que la RSU habrá aportado al medio universitario. Las universidades latinoamericanas no deben caer en el artificio de aceptar los premios, por ejemplo, otorgados en México por el CEMEFI (Centro Mexicano de Filantropía) a las empresas «Socialmente responsables».
Cuarto, en 15 años de presencia del modelo de la RSU, el enfoque de gestión de impactos ha empezado a penetrar en la mente de la comunidad universitaria y, desde ya, los administrativos lo tienen como enfoque preferido, sin duda porque sienten los temas de gestión como de su incumbencia. El personal administrativo, en este sentido, puede ser un nuevo protagonista importante del compromiso social y ambiental de las universidades latinoamericanas, desde el ejercicio de las rutinas administrativas (compras, trámites ágiles, relaciones humanas sanas, toma de decisión, presupuesto, transparencia, lucha contra la corrupción, selección de proveedores, campus saludable, etc.). Esto consolida los nuevos temas introducidos por la RSU que eran absolutamente desconocidos desde el modelo de la extensión y proyección social, es decir todos los problemas internos de buen gobierno, medioambiente, clima laboral, equidad de género en los puestos directivos, entre otros. Involucrar más al personal administrativo y a los docentes con cargos administrativos en el quehacer académico de la universidad, y dejar de verlos como mero recurso de apoyo, puede permitir también empezar a sincerar y ocuparse de un problema hondo de la educación superior latinoamericana: la corrupción. Desde el mero enfoque de la extensión y proyección social, era difícil pensar una política específica para la gestión administrativa. Todo el compromiso ético y social se volcaba hacia fuera de la universidad. La RSU, al abarcar todos los procesos universitarios bajo principios éticos, permite articular la doble exigencia de una ética hacia dentro y hacia fuera de la institución. Así, uno de los valores éticos privilegiados por la RSU ha de ser la coherencia institucional entre lo que se busca hacer afuera y lo que se practica adentro.
Quinto, el hecho de que el enfoque de participación en el desarrollo local, regional y nacional junto con otros actores del entorno (Concepto 4) sea el preferido por la mayoría de universitarios entrevistados, corresponde a una visión de la RSU que concibe la universidad como actor protagónico de su esfera de influencia, para colaborar en resolver los problemas sociales y tener un rol transformador. Es un punto positivo en cuanto permite insistir en la necesidad de vínculos sociales que den lugar a impactos positivos. Otra vez, nos alejamos de las iniciativas sueltas de ayuda puntual y entramos en un paradigma de promoción de impactos positivos. Así, considerando los dos conceptos preferidos (4 y 2) estamos autorizados en sugerir juntar el afán de participación social universitaria con la exigencia de gestión de los impactos universitarios, a fin de que el compromiso con el entorno se asienta en una responsabilidad interna por el desempeño propio. «Gestión de impactos» y «participación en el desarrollo» serían como los dos pilares de una doble responsabilidad interna por la coherencia y externa por la transformación.
CONCLUSIÓN
Gestión de impactos y participación social como camino hacia la RSU
Los resultados de la presente investigación sobre las preferencias conceptuales de 740 universitarios latinoamericanos en materia de RSU, nos invitan a articular las dos definiciones preferidas por las personas entrevistadas: aquella centrada en la participación en el desarrollo y aquella de la gestión de los impactos universitarios. Al juntarlas, lograremos la doble mirada, interna y externa, que permita a la universidad latinoamericana evitar dos escollos: una extensión marginada de la currícula y la investigación; y una gestión universitaria autocomplaciente que considera como suficiente algunas medidas marginales de mejora ambiental y social emprendidas desde la administración central. Sin duda, el involucramiento de la comunidad estudiantil en el cometido de la mejora continua universitaria socialmente responsable será un elemento clave para evitar la instrumentalización de la RSU y su puesta al servicio de la «educación bancaria» (Freire, 1970) donde el educando tiene un rol pasivo de consumo de servicios académicos para la obtención de un título. Pero sin duda también un enfoque riguroso de gestión, con medición y afán de eficiencia en las estrategias y los procesos, logrará evitar que los grandes discursos enfáticos no tengan ninguna consecuencia real ni en el campus, ni en la sociedad. La conciencia crítica de este doble escollo sirve de sistema inmunitario de la RSU. La gestión de los impactos negativos aviva la conciencia crítica interna hacia la coherencia ética, y el cara a cara con actores externos para la solución de problemas en sociedad es el remedio permanente contra la cerrazón de la universidad en su torre de marfil académica y administrativa. No nos olvidemos que la responsabilidad, según el filósofo Lévinas (1978), implica ser interpelado por el rostro ajeno, exige apertura hacia el otro, pero también preparación interna que prepare a dicha interpelación fundamental: una doble apertura hacia dentro (sensibilización auto-ética) y hacia fuera (sensibilización socio-ética).
Por lo pronto, sugerimos la construcción de un concepto de RSU, en base a esta doble dimensión de gestión y participación, que podríamos formular del siguiente modo: La Responsabilidad Social Universitaria es la responsabilidad de la universidad por los impactos sociales y ambientales que genera, a través de una gestión ética y eficiente de sus procesos administrativos y funciones académicas sustantivas, a fin de participar junto con los demás actores de su territorio de influencia en la promoción de un desarrollo humano justo y sostenible.
Quizás sea posible construir en base a esta definición, si no un consenso, por lo menos un movimiento plural de discusión de la universidad latinoamericana que queremos, en base a la transversalización del compromiso social en todos los procesos administrativos y académicos de las instituciones de educación superior. Hemos intentado aquí colaborar con este propósito, y fijar algunos temas claves de la agenda, como son: la «academización» de la proyección social; la construcción de una «acreditación social universitaria» para redefinir la calidad académica en términos de pertinencia social; la coherencia institucional entre las declaraciones misionales universitarias y los hechos cotidianos en el campus; la articulación entre participación universitaria en el desarrollo territorial y cuidado del buen desempeño interno.
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